Al determinar que elementos navales incurrieron en empleo excesivo de la fuerza pública mientras intentaban detener una embarcación de pescadores de camarón en la localidad de Las Lajitas, en Ahome, Sinaloa, provocando con ello el fallecimiento de una persona y lesiones a otras dos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación por , a la Secretaría de Marina ().

A través de un comunicado, el organismo que dirige Rosario Piedra, explicó que el 21 de septiembre de 2023, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa (CEDHS) remitió, por razón de competencia, diversas notas periodísticas a la CNDH en las que se informó que, durante un operativo de vigilancia marítima implementado por personal de la Semar y la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), el 20 de septiembre de 2023, se reportó un choque entre una embarcación naval y una panga pesquera.

La investigación de la CNDH acreditó violaciones graves a los derechos humanos a la vida, en agravio de una persona, y a la integridad personal de dos víctimas directas -una de ella adolescente al momento de los hechos-, y dos más indirectas, derivado del uso excesivo de la fuerza.

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Tras analizar diversos documentos y testimonios, personal de la CNDH emitió una opinión técnica especializada en materia de criminalística en la cual se estableció que la embarcación de la Marina realizó maniobras tendientes a darle alcance a la otra embarcación hasta impactarla en el costado izquierdo, provocando el y causando lesiones a otros dos.

La Comisión Nacional determinó que el personal naval no cumplió con los principios establecidos en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, pues no se encontraba frente a una amenaza real e inminente a su vida e integridad que ameritara tal acción desproporcionada, utilizando su embarcación como mecanismo de control de espacio y para la reducción física de movimientos, además de que posterior a los hechos se advirtieron omisiones para consignar en su informe el despliegue del uso de la fuerza.

Y destacó que se causó daño inmaterial y los daños al proyecto de vida al núcleo familiar de la víctima fallecida, representado por su padre, así como a la madre del adolescente lesionado, lo anterior debido a que en ambos casos se generaron afectaciones psicológicas y existía una dependencia económica, lo que agravó las condiciones de vulnerabilidad preexistentes, razón por la cual se les otorgó la calidad de víctimas indirectas.

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Por ello, la CNDH conminó a Secretaría de Marina deberá reparar integralmente el daño causado a las víctimas directas e indirectas y proporcionarles la atención médica, psicológica y/o tanatológica que requieran; así como gestionar en favor de una de las personas sobrevivientes su incorporación a los de los que dispone el Estado mexicano o mecanismo similar de política pública para garantizar que de ser su voluntad, pueda continuar sus estudios hasta concluir el nivel medio superior, estudios universitarios o carrera técnica de su elección.

También a colaborar en la investigación penal que actualmente se integra en la Fiscalía General de la República (FGR) por los hechos señalados, así como la que se inicie con motivo de la denuncia administrativa que esta Comisión Nacional presente ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Marina en contra de los elementos involucrados.

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