La Fiscalía General de la República (FGR) sólo sustenta las acusaciones de delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal con las que pretende retirar la inmunidad procesal al gobernador de Tamaulipas, el panista Francisco Javier García Cabeza de Vaca, y no prueba las acusaciones de presuntos vínculos con el crimen organizado.
El caso está basado en la compra-venta de un departamento en Santa Fe; el impago de seis millones de pesos de impuestos, y se le acusa de encabezar una organización criminal para extraer más de 55 millones de pesos del erario de su estado con el apoyo de empresas fachada, para beneficiar a una compañía familiar.
De acuerdo con la solicitud de desafuero que presenta la FGR ante la Cámara de Diputados y de la cual EL UNIVERSAL posee una copia, se describe que esta solicitud tiene su origen en la denuncia que exhibe la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), y detalla que entre 2016 y 2019, García Cabeza de Vaca, los integrantes de su familia y dos empresarios se organizaron para obtener millones de pesos provenientes del erario de Tamaulipas.
También lee: Presentan controversia contra congreso de Tamaulipas por “blindar” a García Cabeza de Vaca
Lo anterior, con presuntas licitaciones y contratos de obra pública celebrados a través de Higinio Baltazar “N”, socio y administrador de las empresas Inmobiliaria R.C. de Tamaulipas, S.A. de C.V., y Barca de Reynosa S.A. de C.V., (ambas sin empleados registrados ante el IMSS), quien posteriormente envía grandes cantidades de recursos a Juan Francisco “N”, socio de la empresa T Seis Doce S.A. de C.V., y quien regresa los recursos directamente al gobernador tamaulipeco.
Ya con este dinero en su cuenta, García Cabeza de Vaca dispersa 13 millones 104 mil 992 pesos a un crédito no identificado, y 23 millones 575 mil a la persona moral: Productora Rural y Agropecuaria Regional Cava S.A. de C.V., de la cual el gobernador es socio directo junto con sus familiares, constituida desde 2014.
Lavado de dinero
En esa acusación de 90 páginas describen que en su declaración fiscal de 2019 ante el SAT, así como en su declaración patrimonial y su complementaria (extemporánea) del mismo periodo, García Cabeza de Vaca declara la operación de venta de un inmueble en la Ciudad de México, en la que indica un monto inicial que no cubre con la operación que se refleja en los estados de cuenta; sin embargo, se autocorrige e indica que el monto fue superior a lo realmente declarado, y señala que se debe a que fue una venta en copropiedad con su cónyuge.
La fiscalía precisa que el político tamaulipeco aprovecha su función como gobernador a fin de ocultar el origen de los recursos que ingresa al sistema financiero para dificultar su localización.
A consideración de la FGR se encuentra acreditado que la entidad mercantil T Seis Doce S.A. de C.V., que le desposita a García Cabeza de Vaca y que es la compradora del departamento, explica su defensa, consultada al respecto: “Habría sido constituida con la finalidad de simular operaciones y justificar el uso del sistema financiero para operar recursos de origen ilícito y posteriormente incorporarlos a la economía nacional con una apariencia lícita”.
También lee: Acuerdo Nacional por la Democracia debería respetar la división de poderes: García Cabeza de Vaca
En el documento se explica que desde su creación, en el año 2014 y hasta el año 2018, ante el SAT reporta ingresos en ceros, y sin justificación alguna en el año 2019 tiene ingresos por más de 33 millones de pesos”.
Además, ante la Secretaría de Economía no se localizó el reporte de su constitución y aunque se encuentra dada de alta ante el IMSS, no presenta ningún registro de personal.
Se explica también que el contratista Higinio Baltazar “N” está incluido en la lista de FinCen por su actividad sospechosa de lavado de dinero desde 2008.
Defraudación fiscal
La FGR sustenta su acusación de defraudación fiscal al detallar que el mandatario estatal presenta su declaración anual normal del Impuesto Sobre la Renta (ISR) el 30 de abril del 2020, para efectos del ejercicio fiscal 2019, pero la Procuraduría Fiscal de la Federación concluye que se determina un daño al fisco federal por seis millones 511 mil 777 pesos en el ejercicio fiscal que se señala.
“Consigna ingresos acumulables por seis millones 694 pesos, así como la declaración de enajenación de dos bienes inmuebles y un terreno. En el rubro de Ingreso por la Enajenación, el primero por la cantidad de 20 millones 907 mil pesos 418 pesos, y el segundo por 149 mil 504 pesos, y siendo el caso de que en los datos de prueba recabados se advierte que los ingresos que realmente obtiene el imputado durante el ejercicio fiscal 2019 ascienden a la cantidad de 46 millones 927 mil 907 pesos con 71 centavos”.
El UNIVERSAL trató de consultar al titular de la UIF, Santiago Nieto y a la FGR; sin embargo, no se obtuvo respuesta.
También lee: Acreditaré cabalmente mi inocencia, afirma García Cabeza de Vaca en una carta
La defensa del político panista explica que de acuerdo con lo que estima el Ministerio Público, sólo encontraban elementos para solicitar el juicio de procedencia por la venta de un departamento en la zona de Santa Fe, al considerar que esta operación podría configurarse como delito de defraudación fiscal al no haberse pagado impuestos por esa venta; el lavado de dinero por el destino de los recursos de esa presunta defraudación fiscal, y delincuencia organizada por la participaron de diversos actores en la operación de compra-venta.
“Nosotros nos tenemos que limitar a defenderlo de lo que lo acusa el MP, no de lo que se dice que pudo haber pasado y que no está probado. Sobre la presunta defraudación fiscal, podemos decir que el impuesto está pagado y se va a acreditar oportunamente. Todo lo demás corresponde a los antecedentes del caso de las diversas denuncias que se presentan y que el Ministerio Público estima no eran materia de su acusación porque no están probadas, si estuvieran probadas hubiera acusado por ellas, como es su deber, pero estimó que no”, comentó a EL UNIVERSAL uno de los integrantes de la defensa legal del mandatario estatal.
En la carpeta de investigación de 90 hojas en poder de este medio, gran parte del contenido tiene que ver con los señalamientos, sin que se den pruebas de lo que se dice, como la denuncia anónima donde se acusa a García Cabeza de Vaca que, valiéndose de sus cargos públicos y de la participación de diversas actividades delictivas, logra acumular una fortuna cuyo monto asciende a más de 951 millones de pesos a valor actual y eso está por encima de los 50 millones de pesos que declara poseer.
También se incorpora, sin sustentarse, la denuncia presentada en junio de 2020 por Alejandro Díaz Durán, en la que se indica que sus ingresos como funcionario público no corresponden con las propiedades, vehículos y cuentas que presuntamente pertenecen al mandatario panista.
Pero la FGR reconoce que con este par de denuncias se inician las investigaciones contra el mandatario estatal, lo que deriva en la solicitud de desafuero. Para el titular de la Sección Instructora, Pablo Gómez (Morena), el periodo de pruebas está abierto aún, y cualquier elemento que las partes quieran presentar será recibido. Adelanta que todavía no han entrado al análisis porque están haciendo una clasificación de todo lo dicho, de la declaración por escrito del gobernador, de las respuestas de la UIF en la audiencia y de lo argumentado por el procurador fiscal.
También lee: Audiencia por desafuero de García Cabeza de Vaca se transmitirá por redes sociales
“Nosotros no prejuzgamos la validez de las acusaciones de la fiscalía, pueden tener base o pueden no tener la suficiente desde el punto de vista penal.
“Lo que nosotros tenemos que valorar, y esa es la técnica que se busca en un procedimiento de declaración de procedencia, no como los que se han hecho en México en otros momentos, es si lo que tenemos en frente nos lleva a la conclusión de que a la persona se le debe remover la inmunidad procesal penal para que sea puesto a disposición de las autoridades, puede ser culpable o puede no serlo, pero no, nosotros no vemos eso, sino que se debe declarar el retiro de la inmunidad procesal y razonar por qué es necesario o razonar por qué no”.