El pleno de la aprobó por unanimidad una reforma a la , que prohíbe uso de sustancias nocivas con fines estéticos.

La reforma fue avalada por unanimidad de 436 votos a favor por parte de todos los grupos parlamentarios.

Establece que queda prohibida la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud.

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Para ello, define las sustancias modelantes con fines estéticos como aquellas que tengan como finalidad adelgazar, engrosar, aumentar el volumen, modificar, cambiar, corregir, variar el contorno, la forma o las proporciones de labios, mejillas, mentón, senos, glúteos, brazos, piernas u otras zonas o regiones del rostro y del cuerpo humano.

Queda prohibido el uso de silicona líquida, aceites minerales, aceites comestibles, aceites de automóvil, grasas vegetales o animales, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos, “o cualquier otra sustancia no apta para uso humano mediante aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos nocivas o toxicas que dañen, afecten, lesionen o pongan en peligro tejidos, órganos, extremidades o sistemas del cuerpo de la persona de forma temporal o permanente”.

También establece que para la aplicación de sustancias modelantes con fines estéticos se requiere autorización sanitaria y que sean aplicadas por profesionales en el campo de la medicina, e impone de cinco a ocho años de prisión a quien realice aplicaciones, inyecciones o infiltraciones hipodérmicas de sustancias modelantes con fines estéticos prohibidas.

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m,ahc

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