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La Sala Superior del Tribunal Electoral determinó que los promocionales de Morena en los que señaló como “traidores a México” a los legisladores que votaron en contra de la reforma eléctrica sí constituyó una calumnia electoral.
Por unanimidad, las y los magistrados señalaron que dicha expresión “remite a los elementos descriptivos y normativos del tipo penal que traición a la patria se encuentra tipificado en el Código Penal Federal , derivado de la imputación de hechos o delitos falsos, los cuales configuran el elemento objetivo de la calumnia”.
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Lo anterior, a raíz de las quejas presentadas por el PRI y Movimiento Ciudadano en contra de Morena, por la difusión de diversos promocionales en el marco de los procesos electorales locales 2021-2022, en los que se afirmaba que la oposición sería recordada como “traidores a México”.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera , la Sala Superior determinó que los promocionales denunciados no pueden considerarse como críticas severas que estén amparadas por la libertad de expresión, sino que constituyen calumnia electoral.
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Derivado de un análisis del contexto interno y de difusión de los promocionales se advierte que Morena utilizó información inexacta e imágenes alteradas para imputar directamente el delito de traición a la patria, con la intención de dañar la imagen de los partidos políticos.
Es decir que la expresión “traidores a México” no tiene la finalidad de emitir una crítica o generar un debate político en torno a la reforma eléctrica, sino imputar un delito previsto en el Código Penal Federal , por presuntamente traicionar a la ciudadanía.
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tjm
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