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Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) esté obligado a informar a los familiares, en caso de muerte del asegurado, la existencia de la prestación de apoyo para cubrir los gastos funerarios y cómo pueden tramitarlo, la diputada panista Josefina Balderas Hernández impulsa una iniciativa que reforma la Ley del Seguro Social.
“Es necesario informar a la población derechohabiente y familiares sobre el derecho que tienen de recibir esta ayuda clarificándoles que sólo cuentan con un año de vigencia”, dijo.
De acuerdo con la Plataforma Nacional de Transparencia, la Coordinación de Vigilancia Epidemiológica de la Dirección de Prestaciones Médicas reportó que en 2020 el IMSS a nivel nacional registró 186 mil 449 defunciones y de este total 117 mil 954 familiares de asegurados y pensionados solicitaron la ayuda para gastos de funeral, de las cuales se pagaron 101 mil 644 apoyos.
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El proyecto precisa que el IMSS deberá establecer acciones de comunicación continuas a efecto de informar a la población derechohabiente y familiares sobre el derecho y la vigencia para recibir la ayuda para gastos funerarios a los que se refiere el artículo 104 de dicha ley.
La legisladora señaló que el IMSS cuenta con una prestación contenida en el artículo 104 de la Ley del Seguro Social que otorga un apoyo económico para gastos funerarios, en caso de muerte, a las familias de los asegurados.
En dicho artículo se expone que cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas al menos doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento, el Instituto pagará a la persona, preferentemente familiar del asegurado o del pensionado que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, una ayuda por este concepto, consistente en dos meses del salario mínimo vigente a la fecha del deceso.
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Explicó que para solicitar el apoyo los familiares deben acudir a la Unidad de Medicina Familiar con la documentación necesaria y deberán esperar 7 días hábiles para conocer si el pago procede o no, teniendo un año a partir del deceso para poder tramitarlo.
Balderas Hernández afirmó que muchas veces las personas no saben los beneficios que tienen al ser afiliados al Seguro Social, acotándolo sólo a la asistencia médica.
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maot