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El diputado Mario Alberto López Hernández (PVEM) impulsa una iniciativa que reforma el artículo 250 Bis del Código Penal Federal, para establecer de 12 a 15 años de prisión (actualmente es de cinco a 12 años), al que cometa el delito de falsificación de uniformes y divisas de las Fuerzas Armadas o de cualquier institución de seguridad pública.
La propuesta, enviada a la Comisión de Justicia de San Lázaro, destaca que el fin legal es proteger la integridad de los símbolos oficiales y prevenir su uso indebido para fortalecer la confianza en las instituciones encargadas de garantizar la seguridad y el orden social.
“El delito de falsificación de estos elementos representa una amenaza significativa, ya que puede ser utilizado para cometer delitos y debilitar la autoridad institucional, poniendo en riesgo la seguridad pública”, señala la iniciativa en su exposición de motivos.
Considera que la falsificación de uniformes y divisas puede tener consecuencias graves para la seguridad pública e integridad institucional, ser utilizados para suplantar a agentes de seguridad, cometer delitos como extorsiones, robos o incluso actos terroristas, y generar confusión o desconfianza, lo que representa una amenaza a la seguridad nacional e instituciones.
Señala que los uniformes, insignias, credenciales, medallas, divisas, gafetes, escudos, documentos y otros elementos que conforman la vestimenta y la identificación de las Fuerzas Armadas y las instituciones de seguridad pública cumplen funciones esenciales en el ejercicio de sus labores.
“Estos símbolos representan la autoridad, el profesionalismo y la legitimidad de quienes los portan, además de facilitar la identificación de los miembros de dichas instituciones por parte de la ciudadanía y otros actores sociales”, se agrega.
Subraya que la exclusividad y protección de estos símbolos oficiales asegura que sólo quienes cuentan con la autorización correspondiente puedan fabricarlos, distribuirlos y utilizarlos en el ejercicio de sus funciones.
“La autenticidad de estos elementos es crucial para mantener la confianza pública y garantizar que las acciones de los agentes de seguridad se reconozcan y se respeten. Estos símbolos representan la autoridad, el profesionalismo y la legitimidad de quienes los portan, además de facilitar la identificación de los miembros de dichas instituciones por parte de la ciudadanía y otros actores sociales”, apunta.
Reitera que hoy, el artículo 250 Bis prevé penas de cinco a 12 años de prisión y hasta 500 días de multa para quienes cometan dicho delito; añadió que la severidad de estas sanciones refleja la gravedad del ilícito, así como su impacto en la seguridad.