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Las Comisiones en el Senado de Justicia y Estudios Legislativos Segunda aprobaron con 14 votos a favor, 10 en contra y 1 abstención la nueva Ley de Juicio Político y Declaratoria de Procedencia , la cual, de acuerdo a la oposición, es inconstitucional y además deja intacta la figura presidencial ante posibles desafueros.
La reforma que será presentada al pleno obliga a los Congresos locales a acatar las decisiones de desafueros de las cámaras de Senadores y Diputados, con el propósito de evitar el freno a estos procesos, en alusión a lo ocurrido recientemente en Tamaulipas con el gobernador panista Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
Con el respaldo de Morena y sus aliados, y en contra del llamado bloque de contención, senadores del PRI, PAN y PRD adelantaron que de aprobarse en el pleno iniciarán una acción de inconstitucionalidad si no se modifican algunos puntos que califican como “altamente peligrosos”.
Julen Remetería
, coordinador de los senadores del PAN, indicó que esta nueva ley que busca aprobar Morena es “es un engaño” porque se le da un trato especial al Presidente de la República para no se sometido a juicio político, además de que vulnera la autonomía constitucional de las fiscalías estatales.
Damián Zepeda, senador panista, argumentó en la reunión que la reforma va en contra de lo que dice el artículo 111 constitucional. “No se ve que se debe legislar así sobre las rodillas. Si insisten en llevar el tema, nosotros adelantamos el voto en contra y adelantamos que estaríamos buscando el consenso para juntar las firmas para impugnar esta ley por inconstitucional”.
El coordinador del PRD en la Cámara Alta, Miguel Ángel Mancera, indicó que “de seguir así esto, seguirá el camino de una acción de inconstitucionalidad, sin ninguna duda, por todas las anomalías que presenta el dictamen”.
La norma actualiza, define y regula los procedimientos que permitan sancionar a servidores públicos que han violentado “el buen funcionamiento de las instituciones públicas”.
De este modo, se podrán sancionar, destituir o incluso inhabilitar a los funcionarios de alto nivel, incluyendo al Presidente, que incurran en violaciones graves a la Constitución, las leyes federales o que hagan uso indebido de fondos y recursos federales.
Para juzgar a los funcionarios la Cámara de Diputados podrá declarar, por mayoría absoluta de sus miembros presentes en la sesión, proceder contra el servidor público, que quedará inmediatamente separado de su empleo, cargo o comisión y sujeto a la jurisdicción de los tribunales para continuar con el proceso judicial.
En caso de que esta Cámara decidiera no proceder penalmente contra la persona imputada, “no habrá lugar a procedimiento ulterior, sin embargo, esto no impedirá que el procedimiento penal inicie o continúe su curso cuando el servidor público haya concluido sus funciones en el cargo”.
Es decir, las autoridades que imparten justicia, como la Fiscalía General de la República (FGR), podrán dar continuidad al caso una vez que concluya el periodo en el servicio público que le confiere fuero o inmunidad constitucional”.
En cuando al Presidente, se establece que durante el tiempo de su encargo éste podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y “todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadana o ciudadano”.
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ed