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Este jueves el Presidente Andrés Manuel López Obrador presentó los avances del programa que se creó para dar seguridad social a las trabajadoras del hogar .
El informe fue presentado a un año de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que las empleadas domésticas no tengan derecho a ser inscritas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Pero, ¿De dónde derivó la resolución de la Corte?
El caso que originó la creación del programa fue el amparo tramitado por una mujer de 80 años de edad, quien solicitó que un tribunal federal en materia del trabajo determinara cuánto le deben pagar sus patrones, por las prestaciones que le correspondían por 50 años de servicio doméstico.
El asunto llegó a la Suprema Corte donde el ministro, Alberto Pérez Dayán, se encargó de elaborar el proyecto para presentarlo ante la Segunda Sala.
La resolución establece que la Junta de Conciliación y Arbitraje está obligada a analizar nuevamente la demanda de la mujer y sus exigencias, tales como una indemnización por el despido injustificado, salarios caídos, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, horas extra, entre otros.
Sin embargo, no obligó a los demandados a inscribir a la quejosa en el IMSS porque hasta ese momento, tal deber no estaba contemplado en la ley.
¿Qué dice la sentencia?
El fallo -avalado por unanimidad en la Segunda Sala de la Corte el 5 de diciembre de 2018- ordenó al IMSS lanzar un programa piloto para erradicar la discriminación de la que son víctimas las trabajadoras del hogar y que el Congreso legisle al respecto.
Por primera vez, el IMSS fue obligado a diseñar un proyecto de política pública para proteger los derechos de las trabajadoras del hogar debido a que se declaró que “no existe ninguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social”.
Según la sentencia de la Corte, el IMSS tenía hasta el cierre del primer semestre de 2019 para implementar el “programa piloto” para diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras domésticas, con facilidades administrativas para que los patrones puedan cumplir con sus obligaciones.
Con base en el régimen establecido por el IMSS, el Congreso de la Unión contaba con un plazo máximo de 18 meses a partir de la implementación del mismo para reformar las leyes necesarias e incorporarlo de manera formal en el sistema de seguridad social.
El programa debía incluir como mínimo conceptos como pago de riesgos de trabajo; enfermedades; maternidad y guarderías; invalidez y seguros de vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y vivienda.
Debía ser de fácil implementación para los patrones, por lo que el ministro exhortó a considerar la posibilidad de excusar que estos se encuentren inscritos ante el SAT.
¿Qué se informó en la mañanera?
Desde abril pasado el IMSS arrancó el programa piloto que creó en cumplimiento a la sentencia de la Corte.
En ese momento la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Luisa María Alcalde, anunció que concluyó la consulta tripartita para que el gobierno de México impulse la ratificación del Convenio 189 de la OIT que garantiza el acceso al trabajo decente para quienes se desempeñan en empleos domésticos.
Este jueves el director general del IMSS, Zoé Robledo Aburto, indicó que actualmente se atiende a 11 mil 947 afiliados pese a que hubo un registro total de 15 mil personas.
Los beneficiarios del programa, implementado entre el IMSS y la STPS, son 76% mujeres y el 26% radican en la Ciudad y el Estado de México.
El salario promedio de cada beneficiario es de cinco mil pesos mensuales.
El programa incluye acceso al servicio médico, hospitalario, medicamentos y otros derechos sociales como jardín de niños y guardería para hijos de las trabajadoras.
El pasado 28 de noviembre se envió el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo de la Consejería Jurídica a la Cancillería y el Presidente López Obrador debía firmarlo para enviarlo al Senado de la República para su ratificación.
rmlgv