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Luego de que el Instituto Nacional Electoral (INE) solicitó a la periodista Laura Brugés revelar sus fuentes respecto a publicaciones relacionadas a la denuncia por la difusión de los llamados “acordeones” en la red social X, Artículo 19 reprobó la medida impuesta e hizo un llamado al INE a abstenerse de extralimitar sus funciones.
En ese sentido, la organización aseguró que tal requerimiento violenta el ejercicio periodístico, pues dicha información, dijo, está protegida tanto por normativa mexicana como por estándares internacionales de libertad de expresión y acceso a la información.
Además, pidió al instituto aclarar los motivos por los cuales se realizó el requerimiento de información a la periodista, así como reconocer el derecho de reserva de fuentes de las personas periodistas como un garante de la libertad de expresión.
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Asimismo, destacó que este tipo de requerimientos inhiben la libertad de expresión de la ciudadanía, porque, sostuvo, la confidencialidad de las fuentes periodísticas es esencial para el trabajo de los periodistas.
Fue el pasado 27 de junio de 2025 cuando la periodista Laura Brugés fue notificada del requerimiento realizado por la Unidad Técnica de Fiscalización del INE mediante el cual solicitaba que la periodista:
- Diera información sobre la fuente de información en la que basó su publicación en X;
- Diera evidencias con relación a la presunta entrega y erogación de recursos por concepto de propaganda (acordeones) sobre candidaturas de la elección del Poder Judicial en el Municipio de Oaxaca de Juárez y de la Universidad Tecnológica de Morelia.
- Aclarar o manifestar lo que a su derecho convenga ofreciendo pruebas que respalden sus afirmaciones.
La instancia a su vez ordenó que debía desahogar dicho requerimiento dentro de las siguientes 48 horas, de manera digital y físico, de lo contrario sería multada con 500 UMA´s ($56,570).
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