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La reforma para modificar el artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, propuesta por Morena para que el gobierno federal regule las publicaciones de los miembros de la Iglesia, es inconstitucional y atenta contra el derecho a la libertad de expresión, señaló Francisco Javier Acero Pérez, obispo auxiliar de la Arquidiócesis Primada de México.
“Todo ser humano tiene el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de creencias, nadie lo puede coartar. No va con la Constitución, ni va con los Derechos Humanos”, expresó.
En entrevista con EL UNIVERSAL, después de la toma de posesión del obispo de Texcoco, Carlos Enrique Samaniego López, monseñor Acero Pérez subrayó que todas las personas tienen el derecho de expresarse, y la reforma propuesta iría en contra de dicho precepto.
“(La reforma propuesta por Morena va en) contra de la libre expresión y, sobre todo, contra un derecho humano que tenemos todos por habitar este mundo”, explicó.
El obispo auxiliar de la Arquidiócesis Primada de México manifestó que en el país existen otros temas que requieren atención inmediata, como la búsqueda de la paz, en lugar de legislar para regular las publicaciones de la Iglesia.
“El llamado tiene que ser a la unidad y a la paz. Yo creo que los mismos que lean esta iniciativa, podrán decir que hay cosas más importantes en el país, que está”, comentó.

La iniciativa de reforma a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, fue presentada el pasado 28 de octubre, por el diputado Arturo Ávila, vocero de la bancada de Morena en la Cámara de Diputados.
Y propone que la Secretaría de Gobernación (Segob) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones regulen las publicaciones en redes sociales de los integrantes de la Iglesia.
El legislador morenista señala en su proyecto que la finalidad es prevenir los discursos de odio en las publicaciones que realicen obispos, sacerdotes y todos los integrantes de asociaciones religiosas.
“Los ministros de culto o las asociaciones religiosas que operen medios de comunicación digitales, incluyendo plataformas de distribución digital de contenido multimedia, redes sociales o cualquier otro servicio en línea, deberán sujetarse a los lineamientos que emita la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones en coordinación con la Secretaría de Gobernación, garantizando el respeto a los derechos digitales, la neutralidad de la red y la prevención de discursos de odio”, explica la iniciativa.
Actualmente, en el artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se prohíbe que las asociaciones religiosas posean o administren medios de comunicación masiva.
“Las asociaciones religiosas y los ministros de culto no podrán poseer o administrar, por sí o por interpósita persona, concesiones para la explotación de estaciones de radio, televisión o cualquier tipo de telecomunicación, ni adquirir, poseer o administrar cualquiera de los medios de comunicación masiva”, establece la ley.
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Y en su artículo 21, dicha ley establece que la Secretaría de Gobernación puede autorizar que las asociaciones religiosas transmitan o difundan actos de culto religioso, de manera extraordinaria, a través de medios masivos de comunicación no impresos.
Pero “en ningún caso, los actos religiosos podrán difundirse en los tiempos de radio y televisión destinados al Estado”.

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