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El viernes 4 de octubre, tras dos votaciones, el Congreso de Jalisco aprobó la despenalización del aborto en la entidad con 20 votos a favor, 16 en contra y un voto nulo.
Aunque la votación se realizó por cédula, es decir de manera anónima, y eso generó molestia entre los legisladores, el aborto en determinadas situaciones ya fue retirado del Código Penal del estado.
Con esto quedará modificado dejando como excluyentes de responsabilidad penal la interrupción del embarazo en casos de violación, abuso infantil o inseminación artificial no consentida.
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También se estableció que no requiere causa penal cuando la vida de la mujer corra peligro o exista una riesgo hacia su salud, asimismo, cuando a vista de un médico exista razón suficiente para diagnosticar que el feto presenta alteraciones genéticas o congénitas que ocasionen daños físicos o mentales graves.
Con Jalisco ya son 14 entidades donde se despenalizó el aborto; sin embargo, aunque la interrupción del embarazo en caso de violación es legal en todo el país, cada estado establece circunstancias particulares, aquí te decimos en qué estados y bajo qué condiciones es permitido.
¿En qué estados está permitido abortar por libre decisión?
En caso de que la mujer decida abortar por decisión libre, se puede solicitar el servicio dentro de las primeras 12 semanas de gestación en Ciudad de México, Baja California, Baja California Sur, Colima, Hidalgo, Oaxaca, Veracruz, Quintana Roo, Aguascalientes y Sinaloa.
En caso de violación, conducta imprudencial o culposa o riesgo a la salud
Es importante destacar que el aborto en caso de violación es legal en todo el país, lo que obliga a las instituciones públicas a brindar el servicio.
Por ello no es necesario denunciar para acceder a ese servicio, Fondo María comparte una solicitud para el aborto en caso de violación que se puede presentar en el hospital y solicitar el procedimiento.
En el caso de padecer un aborto de manera involuntaria, ya sea en un accidente o al realizar una actividad que provoque el aborto sin intención de que suceda, aplica casi en todas las entidades a excepción de Chiapas, Nuevo León y Tabasco.
Por otro lado, si la salud física o psicológica de la mujer corre riesgo se puede solicitar el servicio si se cuenta con la opinión de algún médico. Esto se aplica en 20 estados: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.
Peligro de muerte
En el caso de que la vida de la mujer corra en riesgo se puede recurrir al procedimiento, teniendo en cuenta la opinión de médicos que dictaminen el riesgo casi en todas las entidades del país a excepción de Campeche, Chihuahua, Ciudad de México, Guanajuato, Michoacán y Querétaro.
Alteraciones congénitas o genéticas graves
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También se puede solicitar el servicio si el producto presenta alteraciones que le puedan provocar daños físicos o mentales graves; éstos diagnosticados y avalados por un médico. Se puede acceder al procedimiento en 18 estados: Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.
Inseminación artificial no consentida
Si la mujer llegase a quedar embarazada por una inseminación artificial sin su consentimiento de igual forma se puede solicitar el servicio en 17 estados: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán.
kicp/mcc