La condenó este jueves a por la desaparición forzada de los defensores de derechos humanos Agapito Pérez Lucas, Nicolás Mateo, Macario Pú Chivalán y Luis Ruiz Luis, ocurrida en 1989 en el marco del conflicto armado interno.

El tribunal determinó que las víctimas “fueron amenazadas y perseguidas por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado con motivo de las actividades que desarrollaban en defensa de los , viéndose obligados a desplazarse del departamento de Quiché, donde residían, hacia Suchitepequez, y una vez allí, fueron víctimas de desaparición forzada por parte de integrantes del Ejército“, explicó la presidenta de la CorteIDH, Nancy Hernández.

La jueza leyó las disposiciones de la sentencia en un acto virtual en el que notificó el fallo a las partes involucradas en el proceso.

Las cuatro víctimas eran defensores de los derechos humanos vinculados al Consejo de Comunidades Étnicas Runujel Junam (CERJ) y fueron detenidas en 1989 por agentes estatales que se negaron a informar los motivos de la detención, el lugar al que fueron trasladadas y se desconoce su paradero.

“Las autoridades no han cumplido con sus obligaciones de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar de manera diligente y en un plazo razonable los hechos, ni han emprendido una búsqueda eficiente, integral, adecuada y diligente del paradero de las víctimas”, agregó la jueza Hernández.

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La sentencia determina que el Estado es responsable por violar los derechos a la personalidad jurídica, a la vida, a la libertad personal, a la integridad personal, a las garantías judiciales, protección judicial, libertad de asociación y de defender los derechos humanos, de las cuatro víctimas desaparecidas.

El Estado también violó derechos a los familiares de las víctimas, como el derecho a conocer la verdad, el derecho a la familia y el derecho a la niñez.

La CorteIDH ordenó al Estado continuar en un plazo razonable las investigaciones para determinar lo sucedido con el fin de identificar, juzgar y sancionar a los responsables; así como realizar una “búsqueda seria y con la debida diligencia, de manera sistemática, rigurosa, con personal capacitado y los recursos técnicos y científicos idóneos para determinar el paradero de las víctimas”.

Otra orden de los jueces para Guatemala es el diseño e implementación de una estrategia, mecanismo o programa nacional para la búsqueda de personas víctimas de desaparición forzada, además de “una política pública para la adecuada gestión, desclasificación, conservación y acceso de archivos y registros documentales de las fuerzas de seguridad relacionadas con el conflicto armado interno”.

El Estado también deberá pagar indemnizaciones a los familiares de las víctimas de este caso, realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad internacional, fortalecer la institución del Procurador de Derechos Humanos y crear una política de protección para los defensores de derechos humanos.

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