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Estados Unidos revisará "prácticas discriminatorias de México en el sector energético" en renegociación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
En el resumen ejecutivo del Informe al Presidente sobre la política comercial "Estados Unidos Primero", publicado por la Casa Blanca, se menciona que "según la Ley de Implementación del T-MEC, el Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) está obligado por ley a iniciar el proceso de revisión antes de la fecha límite de julio de 2026".
"Se necesitan numerosos cambios, como normas de origen más estrictas para reducir la entrada de contenido de economías no sujetas al mercado a Estados Unidos, un acceso ampliado al mercado, especialmente para las exportaciones de productos lácteos a Canadá, y medidas para abordar las prácticas discriminatorias de México, como las que se observan en el sector energético".
Recordó que "en su primer mandato, el presidente Trump puso fin al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), que destruía empleos, y lo reemplazó con el Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC). El T-MEC brindó nuevo acceso al mercado para los exportadores estadounidenses y adoptó normas para incentivar la relocalización de la manufactura en Estados Unidos".
Añadió que "un éxito clave del primer mandato del presidente Trump fue el Acuerdo de Fase Uno con China. Lamentablemente, cinco años después de su entrada en vigor en febrero de 2020, el incumplimiento del Acuerdo por parte de China es una seria preocupación. China no ha cumplido sus compromisos en materia de agricultura, servicios financieros y protección de los derechos de propiedad intelectual (PI). El Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) evaluó este incumplimiento y recomendó posibles soluciones".
Mencionó que "dada la amplitud de las políticas y prácticas no comerciales de China, podría ser necesario realizar investigaciones adicionales en virtud de la Sección 301. El USTR examinó diversos elementos de las políticas y prácticas no comerciales de China para identificar investigaciones adicionales que pudieran justificarse".
desa/bmc