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La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio para el primer semestre de 2023, el cual entrará en vigor el próximo 9 de enero y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2023.
Este Programa de Verificación Vehicular mantiene las condiciones de verificación de emisiones de los automotores y el costo por los servicios de verificación vehicular que presten los Verificentros, para todo tipo de Constancia de Verificación (Holograma “0”, “1”, “2”, Rechazo y Evaluación Técnica), así como del incentivo “00” que se entregue al usuario, es de 5.625 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo que equivale a $628.00 pesos.
El calendario de verificación de los vehículos matriculados en la Ciudad de México seguirá aplicándose de acuerdo con el color del engomado de circulación o al último dígito numérico de las placas de circulación de la unidad:
Amarillo/ 5 ó 6 / enero o febrero
Rosa /7 u 8 / febrero y marzo
Rojo 3 ó 4/marzo y abril
Verde / 1 ó 2/ abril y mayo
Azul/ 9 o 0/ mayo y junio
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Sanciones
Y el monto de la multa por verificación vehicular extemporánea, por circular emitiendo ostensiblemente humo negro o azul o por no contar con verificación vehicular vigente y/o circular en día u horario restringido es de 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (equivalente a $1924.00).
Las tarifas referidas anteriormente se mantendrán con el monto establecido para el ejercicio fiscal 2022, hasta en tanto entre en vigor la actualización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en 2023, de conformidad con el ajuste que publique el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en el Diario Oficial de la Federación y el aviso o Circular que emita la Secretaría.
Requisitos
Los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en la Ciudad de México, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales, contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
Los vehículos ya matriculados en la Ciudad de México, que realicen cambio de placa, deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de expedición de la tarjeta de circulación.
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Cabe hacer mención que el plazo para utilizar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea es de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al pago de esta, siendo el tiempo que se tiene para poder realizar y aprobar la verificación vehicular del automotor.
El programa incorpora la electromovilidad en vehículos ligeros de la Ciudad de México a través del Programa de Autorregulación Ambiental , para que las empresas que se encuentren interesadas se incorporen al mismo, y obtengan los beneficios de exentar la verificación vehicular obligatoria y de las restricciones a la circulación establecidas por los programas Hoy No Circula y de Contingencias Ambientales Atmosféricas.
La dependencia capitalina invitó a los propietarios y legales poseedores de automotores matriculados en la Ciudad de México que atiendan el programa en tiempo y forma; además de evitar solicitar la gestión de verificación a pre - verificadores, ya que existe la posibilidad que ellos les entreguen documentos apócrifos.
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