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El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) desechó tres juicios electorales en contra de la integración del Comité de Evaluación del Poder Legislativo para la elección judicial.
En dos Juicios de la Ciudadanía y en un Juicio Electoral se impugnaba la integración de dicho Comité de Evaluación por, presuntamente, violar la paridad del género al estar conformado, en una primera instancia, por cuatro hombres y una mujer.
Sin embargo, debido a la nueva confirmación de este Comité de Evaluación, el TECDMX desechó un Juicio de la Ciudadanía y un Juicio Electoral.
“Resulta un hecho notorio que el pasado 10 de enero la Comisión Especial, ante la renuncia de uno de los integrantes del Comité, designó a la doctora Ivonne Georgina Tovar Silva, en tales circunstancias la situación jurídica ha tenido una variación sustancial al modificar la integración paritaria de referido Comité”, dijo la secretaria general al dar lectura al proyecto de resolución de estos juicios electorales.
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Respecto al tercer juicio electoral contra esta integración, también se decidió desecharlo, pues lo promoventes carecían de interés jurídico para impugnarlo.
“Se estima que la demanda es improcedente en virtud de que las personas promoventes carecen de interés jurídico para controvertir el acto impugnado dado que no impugnan afectaciones directas a su esfera de derechos político electorales, ello es así al no acreditar si cumplen o no con los requisitos previstos para participar en la elección extraordinaria de personas juzgadoras de la Ciudad de México para tener el carácter de personas aspirantes”, señala el proyecto de resolución.
Durante esta misma sesión, el TECDMX libró a la otrora candidata y hoy jefa de Gobierno, Clara Brugada, de un Procedimiento Especial Sancionador por la pinta de cuatro bardas en la inmediaciones de la Central de Abasto.
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“En el procedimiento se propone declarar la inexistencia de la infracción en virtud de que, a consideración de este Tribunal Electoral, es efectivo el deslinde hecho por la presunta responsable. En consecuencia, al no actualizarse la conducta a Clara Marina Brugada Molina, también se propone la inexistencia de la culpa invigilando atribuida a los partidos denunciados”, precisa el proyecto de resolución votado a favor.
aov