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En tan sólo 42 días de que el pleno del Congreso local aprobó la nueva Ley de Salud , la jefa de Gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum, devolvió a los diputados el documento, debido a que el dictamen va en contra del “gobierno republicano, democrático, representativo, laico y popular”.
Ahora el motivo del “error” de los legisladores de la Ciudad de México , es que en el artículo 6, fracción XXV, establecen en la definición de “interrupción legal del embarazo”, no es acorde con el marco jurídico nacional, particularmente con la norma NOM-04-SSA2-2005, ni a lo que establece la Ley General de Víctimas.
“Por lo que es menester un análisis riguroso de dichas normas, que permitan homologar los derechos de las mujeres, así como su acceso a los servicios de salud”, destaca la Ejecutivo local en el documento que le hizo llegar a la presidenta de la Mesa Directiva del Congreso local, Patricia Báez Guerrero.
El motivo de la devolución del dictamen , es que los diputados locales incorporaron una definición de “interrupción voluntaria”, en la que se establece la ampliación de 12 a 20 semanas la posibilidad de acceder a los servicios de salud pública para interrumpir la gestación, cuando la concepción fue secuela de una violación no denunciada.
Desde el principio, este tema fue discutido por el coordinador del PAN, Christian Von Roehrich, quien insistió que ampliar el plazo para abortar, “no es cuestión de género, religión o el ámbito que deseen –dirigiéndose a Morena y aliados--, sino por el riesgo que representa para la vida la mujer. Es muy riesgoso lo que proponen”, sostuvo en varias ocasiones, pero fue ignorada su petición.
Ahora, la titular del Ejecutivo advirtió que en el análisis del decreto la definición para dicho concepto, no se ajusta a lo que establece la Norma Oficial Mexicana para la violencia familiar, sexual y contra las mujeres (NOM-046-SSA2-2005), así como tampoco a la Ley General de Atención a Víctimas.
Explicó que en la fracción XXV, del artículo 6, contiene la definición de “interrupción voluntaria del embarazo”, como el procedimiento médico que, a solicitud de la mujer embarazada, realizan los integrantes del Sistema de Salud de la Ciudad de México.
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Aunque este procedimiento, señala el artículo, es hasta la vigésima semana completa de gestación, como una consecuencia de violación sexual, sin que la usuaria lo haya denunciado ante las autoridades competentes, lo anterior en términos de lo previsto en la NOM.
A diferencia de otras recomendaciones o devoluciones a “errores” de los diputados locales, en este caso la titular del Ejecutivo no propone otra redacción distinta, sino que sugiere “un análisis riguroso de dichas normas, que permitan homologar los derechos de las mujeres, así como su acceso a los servicios de salud”.
Cabe destacar que en la NOM y la ley federal aludidas, no se advierte que se establezca un periodo de semanas completas de gestación.
Para garantizar el acceso a servicios de aborto médico o interrupción voluntaria del embarazo a toda víctima de violación sexual, en los casos de gravidez se circunscribe a lo que disponga la legislación aplicable.
Establece, además, la obligación de los servicios de salud de contar con médicos y enfermeras capacitados en procedimientos de aborto médico no objetores de conciencia, así como en el tratamiento de la violencia sexual con un enfoque transversal de género.
Sin embargo, debido a que el 31 de mayo concluyó el periodo ordinario de sesiones, el Congreso local deberá convocar a uno extraordinario, para corregir el decreto que desde el principio criticó el grupo parlamentario del PAN, el cual fue aprobado por Morena y aliados el pasado 29 de abril.
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