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Más de 280 colonias de la Ciudad de México recibirán el suministro de agua por tandeo este 2025, de acuerdo con la resolución mediante la cual se determinan y se dan a conocer las zonas en las que los contribuyentes de los derechos por el suministro de agua en sistema medido, de uso doméstico o mixto, reciben el servicio por tandeo de la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF).
En el documento publicado en la Gaceta Oficial se establece que este año, 284 colonias de 10 alcaldías recibirán el agua de esa forma.
Las demarcaciones con más zonas son Gustavo A. Madero, Iztapalapa y Tlalpan, con más de una veintena de colonias y unidades habitacionales.
Así como en 13 colonias de la alcaldía Álvaro Obregón, entre las que destacan Lomas del Capulín, Pueblo de San Bartolo Ameyalco, Lomas de la Era, Cedros, Torres de Potrero, Rincón de la Bolsa, Lomas de Chamontoya, entre otras.
En la alcaldía Coyoacán se aplicará esta medida en las siguientes colonias: Adolfo Ruiz Cortines, Ajusco, Nueva Díaz Ordaz, Pedregal de Santa Úrsula y Pedregal de Santo Domingo.
En Cuajimalpa se aplicará en 14 colonias, en Magdalena Contreras en 29, en cuatro de Milpa Alta, en 25 de Tláhuac, y en 15 de la alcaldía Xochimilco.
En el documento se señala que “el Gobierno de la Ciudad ha realizado acciones para mejorar el abasto de agua en la Ciudad de México como parte de las obras de mantenimiento a las redes hidráulicas, sin embargo, existen colonias que reciben el vital líquido a través del servicio por tandeo”.
La cantidad de colonias que recibirán agua por tandeo en este año es la misma que el año pasado, pues en 2024 también se registró que 284 colonias de 10 alcaldías estarían en esa situación.
En la resolución se establece que a los habitantes de dichas colonias se les “aplicará por toma, la cuota fija que corresponda, conforme a lo establecido en la tarifa prevista en el artículo 172 del Código Fiscal de la Ciudad de México, en tanto se regulariza el suministro”. Asimismo, a estos contribuyentes, para efectos de la conexión a las redes de agua y drenaje o su regularización, “se les aplicará un descuento de 95% sobre el pago que deban efectuar por los derechos establecidos en el numeral 1 de la fracción I del artículo 182 del mismo código”.