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Cuautitlán Izcalli, Mex.- El gobierno del Estado de México anunció la implementación de infracciones inteligentes, que serán aplicadas a los conductores de vehículos automotores que invadan carriles confinados y ciclovías, a partir del 24 de noviembre.
Estos equipos tecnológicos para la captación y generación de infracciones solo serán utilizados en los carriles confinados para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad y ciclovías, cuya boleta deberá contener una serie de datos como el número de placas de circulación del vehículo y entidad en que se expidió.
Ademas, contendrá el detalles de los actos o hechos constitutivos de la infracción, así como la ubicación en que se encuentra el equipo tecnológico; la fecha y hora en que fue detectada la infracción cometida.
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También la copia de la imagen del número de placa de circulación, con la confirmación de que dichos elementos corresponden en forma auténtica y sin alteración de ningún tipo a lo captado, así como descripción del método con el que se obtuvo dicha imagen; y el nombre, cargo, sello o firma electrónica de la autoridad que emite y valida la infracción.
“Las infracciones a este Reglamento captadas por equipos o sistemas tecnológicos deberán notificarse mediante correo certificado a quien aparezca en los registros de la autoridad correspondiente como propietario del vehículo, el cual será deudor solidario para efectos del cobro de la infracción”, señala el documento del Reglamento de Tránsito mexiquense.
Otra disposición que considera es que, en caso de no poder notificar al infractor en su domicilio, realizarán una segunda visita y si tampoco fue posible recabar la firma del destinatario o su representante legal, “se atenderá la diligencia con quien en su nombre lo reciba o si estos no se encuentran en el domicilio, el personal del servicio de correspondencia levantará constancia de ello”.
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Los puntos de ubicación de los equipos o sistemas tecnológicos, así como de los carriles confinados, deberán ser publicados por la Secretaría de Seguridad y en la Gaceta de Gobierno del Estado de México; estos podrán actualizarse en caso de ser necesario.

“Para efectos del presente Reglamento se considerará invasión de los carriles confinados cualquier conducta distinta a su uso autorizado, incluyendo el circular o maniobrar dentro de ellos con vehículos no permitidos; cruzar, girar, detenerse o estacionarse en dichos carriles; el realizar ascenso o descenso de personas, así como la carga o descarga de bienes o efectuar maniobras que impliquen ocupar parcial o totalmente dichos carriles confinados”, detallé el documento.
Por invadir el carril confinado para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad y ciclovías, la multa es de 16, 18 o 20 UMA’s, para lo que los infractores serán notificados vía correo electrónico o en sus dominios, al ser captados por equipos o sistemas tecnológicos que pueden ser fotográficos y de video.
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“Parte de los recursos recaudados por sanciones derivadas de la invasión de carriles confinados se destinará a la construcción de infraestructura peatonal y ciclista, con lo que se busca vincular la aplicación de sanciones con el beneficio directo a la comunidad”, explicó el gobierno mexiquense.
Las nuevas disposiciones al Reglamento de Tránsito del Estado de México establecen que la Secretaría de Seguridad tiene un plazo no mayor a un año, a partir de la entrada en vigor, para crear un sistema o base de datos sobre las multas cometidas por infractores para imponer las sanciones de acuerdo con los parámetros establecidos. Y mientras eso no ocurra, se aplicará a las personas infractoras el parámetro mínimo.
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