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Un alumno de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) es el primer imputado luego de la aprobación e implementación de la llamada Ley Olimpia.
Se trata de Daniel “N”, de 21 años, quien fue detenido por vigilantes de la máxima casa de estudios a petición de una de sus compañeras, quien lo acusó de haberle tomado fotos mientras estaba en los baños de un edifico de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales.
Este juicio se da a dos meses de la aprobación de la Ley Olimpia, que busca castigar con cárcel a quienes compartan imágenes íntimas y con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento.
Consta en la carpeta de investigación CI-FDS/FDS-/UI-FDS-6-01/ 00094/01-2020 que guardias de la UNAM entregaron al señalado a elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, quienes lo pusieron a disposición en la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Sexuales.
El caso y el expediente fueron integrados por el Ministerio Público, bajo los argumentos y elementos estipulados en dicha ley, que fue aprobada por el Congreso capitalino el 3 de diciembre de 2019; con base en esto, el representante social logró que durante la audiencia inicial un Juez de Control vinculara a proceso al joven, luego de que determinará legal la detención.
El juzgador decidió que Daniel seguirá el proceso en libertad; le impuso como medida cautelar su presentación periódica y le prohibió acercarse a la víctima.
Además, se fijó un plazo de dos meses para el cierre de la investigación complementaria.
Según lo narrado por la víctima, el día de los hechos alrededor de las 13:10 horas, al término de sus clases, acudió a los baños de mujeres del primer piso del edificio A de esa facultad y al hacer uso del sanitario se percató de que se asomaba una mano que sostenía un teléfono celular, el cual tenía encendido el video.
En ese momento la joven comenzó a gritar solicitando auxilio y llegó en su apoyo personal de vigilancia de CU, quienes detuvieron al imputado y lo entregaron a elementos de la policía auxiliar, quienes lo trasladaron a la Fiscalía Central de Investigación de Delitos Sexuales, donde se inició la denuncia.
El pasado 23 de enero entraron en vigor las reformas al Código Penal de la Ciudad de México y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que determina que quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin consentimiento mediante cualquier medio tecnológico, se hará acreedor a una pena de cuatro a seis años de prisión y una multa de 42 mil 245 a 84 mil 490 pesos.
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