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La Procuraduría General de Justicia (PGJ) de la Ciudad de México no tiene elementos para establecer que el delegado Rigoberto Salgado cometió delito alguno en el caso Tláhuac.
Así lo informó la dependencia al juez Décimo Tercero de Distrito de Amparo en materia Penal de la Ciudad de México, en el expediente 938/2017, en el que el funcionario acusó que la procuraduría local le negó el acceso a la carpeta de investigación número CI-FSP/B/UI-B-2C/D/03158/ 09-2017, iniciada en su contra.
El juez de Amparo dictó sentencia, la cual fue publicada el viernes pasado y en ella determinó sobreseer el juicio al no existir los actos reclamados que también incluyeron la omisión de la procuraduría capitalina a citar a Salgado a rendir declaración en la carpeta de investigación.
En su sentencia, el juez Décimo Tercero indicó que la procuraduría informó que aunque existe una denuncia y carpeta de investigación contra el delegado, hasta el 8 de diciembre de 2017 no contaba con pruebas suficientes para imputarlo.
Por esta razón no lo ha citado a declarar y, por ende, no le ha negado el acceso a la carpeta de investigación.
“No obstante que había una denuncia presentada contra el amparista, no contaba con datos de prueba que permitieran establecer que se realizó un delito o que existiera la probabilidad de que el quejoso haya participado en su comisión, por lo que sólo se emitirían actos de investigación básicos o preliminares para atender la denuncia, sin generar algún acto de molestia en su contra”, refirió el juez sobre el informe de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.
De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, toda persona que sea señalada como autor o partícipe de un delito tiene carácter de imputado y tanto él como su defensor pueden tener acceso a la carpeta siempre que se encuentre detenido o sea citado a comparecer.
Según lo establecido por el juez, el informe de la PGJ concluye que Salgado aún no tiene calidad de imputado en la carpeta de investigación y tampoco se ha emitido ningún acto que le cause molestia.
“La sola presentación de una denuncia en contra del justiciable no representa que tenga la calidad de imputado y si la integración de la carpeta de investigación no le causa perjuicio alguno, aquel no puede tener acceso a la indagatoria, hasta que la autoridad ministerial así lo considere”, agregó el juzgador.
La carpeta de investigación derivó de los hechos ocurridos en la delegación Tláhuac el pasado 20 de julio, cuando elementos de la Secretaría de Marina (Semar) abatieron a Felipe de Jesús Pérez Luna, El Ojos, identificado como líder del grupo criminal que opera en la demarcación.
El titular de la delegación Tláhuac, Rigoberto Salgado Vázquez, fue señalado por supuestamente tener conocimiento de las operaciones de El Ojos y no actuar para detenerlo.
Además, la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos lo investiga por enriquecimiento ilícito, uso indebido de atribuciones y ejercicio ilegal del servicio público.
La Procuraduría General de la República (PGR) tiene un desglose de la investigación iniciada por la PGJ por la supuesta relación de los funcionarios de Tláhuac con el narcotráfico controlado por El Ojos.
Salgado no ha rendido declaración alguna ante cualquiera de las dos autoridades ni se han realizado inspecciones a sus propiedades.
Entre los documentos probatorios con los que cuenta la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) están los libros contables y las listas de sobornos a policías locales y federales, hallados en el inmueble donde fue abatido El Ojos.