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Con un total de 13 trámites que serán agilizados, el Gobierno capitalino apuesta por acelerar la producción de vivienda “social, pública y asequible” en la Ciudad de México, en el marco de la estrategia para enfrentar la gentrificación.
En una edición Bis de la Gaceta Oficial, la Jefatura de Gobierno publicó el acuerdo por el que se establecen facilidades administrativas relacionadas con la producción de vivienda social, pública y asequible a través de la simplificación de trámites, permisos, autorizaciones, pagos y aprovechamientos relacionados con la adquisición de suelo y construcción en la Ciudad de México.
En el acuerdo se establece que la opinión de valor que emite la Secretaría de Administración y Finanzas deberá expedirse dentro de los 20 días hábiles siguientes a que se cuente con la documentación debidamente integrada; mientras que los tiempos de respuesta para elaborar el registro de los estudios de riesgo de obra —que corresponde a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC)— se reducirán de 10 a cinco días hábiles.
Asimismo, el trámite de factibilidad de servicios que corresponde a la Secretaría de Gestión Integral del Agua (Segiagua) será emitido en un plazo perentorio de 10 días hábiles una vez solicitado.
A su vez, la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) brindará “facilidades administrativas” para la Evaluación de Impacto Ambiental, siempre y cuando el predio donde se haga proyecto no colinde o se encuentre dentro de áreas de valor ambiental, áreas naturales protegidas o suelo de conservación; y cuando no exista arbolado al interior o exterior del predio en que se pretende llevar a cabo el proyecto; o bien, como parte del proyecto, se incorpore el arbolado existente al interior y/o exterior del predio.
También se contemplan facilidades para que los trámites de aclaración de nomenclatura y Certificado Único de Zonificación con norma 26, se emitan a más tardar en cinco días hábiles posteriores de que sean solicitados; las opiniones de desincorporación y de expropiación se emitirán a más tardar en 10 días hábiles posteriores de que sean solicitados; y el levantamiento topográfico, las licencias de fusión y licencias de subdivisión se podrán obtener a más tardar a los 30 días hábiles posteriores de que sean solicitados; y para que la emisión de la Constancia de Alineamiento y Número Oficial para aquellos inmuebles que estén en proceso de adquisición sea emitido a más tardar a los 10 días posteriores de ser solicitados.
La Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la CDMX ordenará la calificación de los trámites que se presenten, en un plazo no mayor de 20 días naturales.
Las búsquedas de antecedentes registrales, así como el Certificado de Libertad de Existencia o Inexistencia de Gravámenes, Limitaciones de Dominio y Anotaciones Preventivas Único y las Constancias de Folio Real quedan exentos de los pagos de derechos y dichas solicitudes deberán responderse en un plazo no mayor de 10 días naturales, salvo las búsquedas exhaustivas.
El Instituto para la Seguridad de las Construcciones emitirá y validará a más tardar en 15 días hábiles después de solicitados, los dictámenes, documentos y estudios en el ámbito de sus atribuciones; los dictámenes oculares estructurales de edificios existentes se emitirá a más tardar en 15 días hábiles contados después de haber sido solicitados; además, registrará los Proyectos Estructurales para Obra Nueva o para Rehabilitación, emitiendo la Constancia de Registro de la Revisión por parte del Corresponsable en Seguridad Estructural del Proyecto Estructural a más tardar en 20 días hábiles contados a partir de la recepción del proyecto.