Ciudad de México.- La ministra Ana Margarita Ríos Farjat promovió el Amparo Directo en Revisión ADR 5363/2023 sobre el caso de, la cual reconoce el carácter de víctimas indirectas del delito de feminicidio a la familia de Fátima y establece medidas de reparación integral del daño, el cual fue aprobado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En ese mismo sentido, la Suprema Corte establece que las autoridades no deben exigir formalismos para el reconocimiento de la calidad de víctimas indirectas, sino que debe presumirse por el vínculo directo y las afectaciones materiales e inmateriales derivadas del delito.

Cabe mencionar que en la sentencia emitida, la Corte reconoce los daños y establece medidas específicas ante el que vivió la familia derivado del feminicidio de Fátima, y que también tuvo como consecuencia la muerte del hermano menor de la víctima, Daniel Quintana, ocurrida en noviembre de 2020.

Se impusieron medidas para visibilizar y prevenir el feminicidio (15/05/2025). Foto: Especial
Se impusieron medidas para visibilizar y prevenir el feminicidio (15/05/2025). Foto: Especial

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Por esta razón, deberá establecerse como forma de reparación integral del daño la atención psicológica a cada una de las personas integrantes de la familia que estuvieron involucradas en el desplazamiento forzado, al haberse impuesto como medida de protección.

Asimismo, el gobierno del Estado de México deberá designar funcionarios especializados que aseguren la atención inmediata y permanente para cualquier situación que requieran las personas sometidas al desplazamiento, especialmente para garantizar su atención económica y habitación digna, así como atención médica adecuada, incluyendo las medidas psicológicas efectivas que sean necesarias, especialmente a menores de edad.

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Exhortan a autoridades del Edomex

Por su parte, el Tribunal de Alzada deberá exhortar a las autoridades del Estado de México involucradas en la materia, para que brinden las medidas de no repetición señaladas, como pavimentación de caminos inseguros, vigilancia policial, botones de auxilio y cámaras de seguridad, transporte público accesible para niñas y niños, charlas comunitarias sobre , entre otras.

Con estas medidas se busca visibilizar y prevenir el feminicidio, asegurando que los espacios públicos sean seguros para niñas y mujeres, promoviendo una cultura de respeto y protección en las comunidades, además de incorporar un enfoque para erradicar la violencia ejercida en contra de las infancias, al ser una población que requiere una protección focalizada.

La Corte reconoce los daños y establece medidas específicas ante el desplazamiento forzado que vivió la familia derivado del feminicidio de Fátima (15/05/2025). Foto: Especial
La Corte reconoce los daños y establece medidas específicas ante el desplazamiento forzado que vivió la familia derivado del feminicidio de Fátima (15/05/2025). Foto: Especial

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Se deberán hacer acciones simbólicas

Finalmente, como parte de la reparación integral del daño, el proyecto incluye acciones simbólicas y de memoria que reconocen la vida de Fátima y la exigencia de justicia de su familia como la construcción de una estatua en su honor, como y memoria, una disculpa pública con la presencia de su familia, reafirmando el compromiso de las autoridades para erradicar la violencia contra las mujeres.

Madre pierde a sus dos hijos, es desplazada y criminalizada

Lorena Gutiérrez lleva quince años de lucha contra el Estado, el cual no pudo proteger a su hijita de 12 años, asesinada por sus vecinos en Lerma, Estado de México el jueves 5 de febrero de 2015. Tras denunciarlos, la familia comenzó a recibir amenazas y fueron desplazados a Monterrey, Nuevo León; con el paso de los años, Daniel, hermano de la menor enfermó de gravedad.

Al pasar irregularidades médicas en tres hospitales distintos de Nuevo León, Daniel murió por causa de una úlcera. Desde entonces, Lorena y su familia han emprendido la búsqueda de la justicia y se han manifestado en distintas ocasiones y partes del país.

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La más reciente fue el 10 de mayo, durante la Marcha Nacional de Madres Buscadoras en la Ciudad de México, donde Lorena pidió un alto a los feminicidios, desapariciones y negligencias médicas.

“Al gobierno, al sistema de impartición de justicia, corruptos, ineptos, perversos, traidores, solo les bastó cinco años en Monterrey para asesinar a mi hijo menor Daniel. Daniel fue víctima del Estado mexicano. Saben muy bien la Presidenta de México, así como el expresidente López Obrador, que cometieron un crimen de Estado con un niño que tenía Mecanismo Nacional de Protección y que estaba como protegido”, dijo.

“Fátima no tenía por qué no estar hoy. Daniel tampoco. Recuerden, la antesala del feminicidio es la desaparición. Las desaparecen y no aparecen, señores, las asesinan. Dejemos de normalizar que está bien que nos asesinen a nuestros niños. Basta de violentar el interés superior de las infancias. Estado corrupto, omiso, indolente, perverso y traidor”, expresó.

Por otro lado, el amparo propuesto por la ministra Ana Margarita Ríos establece que la Primera Sala conoció el caso de una niña de 12 años que fue violentada y privada de la vida por dos hombres y un adolescente, siendo su cuerpo abandonado en un canal. Un juez penal condenó a uno de los implicados y absolvió a otro por el delito de feminicidio agravado, decisión que fue confirmada en segunda instancia.

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Y agrega que los padres de la víctima, inconformes, promovieron un juicio de amparo directo en donde el Tribunal Colegiado ordenó reponer el procedimiento. Como resultado, a ambos acusados se les impuso pena vitalicia y el pago de la reparación del daño; decisión que fue confirmada en apelación.

En desacuerdo los padres volvieron a promover un juicio de amparo directo argumentando que no se les reconoció como víctimas indirectas en la reparación del daño, pero este amparo fue negado. Así, el caso llegó a la Corte y fue resuelto ayer martes 14 de mayo.

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