La Jefatura de Gobierno publicó este miércoles en la Gaceta Oficial las modificaciones a la Ley de Movilidad para regular la circulación de scooters y bicicletas eléctricas.
Este decreto detalla que los conductores de este tipo de unidades, denominadas como vehículo motorizado eléctrico personal (Vemepe), deberán portar licencia “junto con la documentación establecida en esta ley”, es decir, placas.
Los Vemepe son aquellos vehículos que, para su conducción, cuentan con acelerador independiente, tienen dos o más ruedas y están equipados con un motor eléctrico cuya velocidad máxima excede los 25 kilómetros por hora. Su motor tiene una potencia continua nominal a partir de 250 watts y hasta 1 KW (1.34 HP).
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Estas unidades se clasifican en Tipo A: con peso menor a 35 kilogramos, y Tipo B: con peso mayor a 35 y hasta 350 kilos.
Uno de los artículos transitorios del decreto precisa que la persona titular de la Jefatura de Gobierno, en un plazo de 360 días contados a partir de la entrada en vigor, deberá realizar las adecuaciones correspondientes a los reglamentos de la Ley de Movilidad y de Tránsito para formalizar estas reformas.
El emplacamiento de scooters, motos eléctricas y bicimotos podría arrancar en diciembre, adelantó la jefa de Gobierno, Clara Brugada, quien advirtió que aún deben hacerse trámites ante el gobierno federal, debido a que están regula das por las normas nacionales. Sin embargo, confió en que en dos meses se puedan obtener las autorizaciones para aplicar esta medida en la capital.
El diputado de Morena Víctor Hugo Romo también señaló a EL UNIVERSAL que al tratarse de un nuevo cobro, será necesario hacer modificaciones al Código Fiscal local.