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La Sala Regional en Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a los partidos Revolucionario Institucional , Nueva Alianza y Verde Ecologista modificar su convenio de candidatura común.
Con esta sentencia los magistrados revocan el convenio de candidatura común que registraron el 21 de diciembre del 2017 los partidos PRI, PVEM y NA para contender en 15 distritos locales en candidatura común para las elecciones del 2018 .
Los magistrados le dan cinco días a los tres partidos políticos para reunirse, negociar y establecer los nuevos parámetros, pues consideran desproporcionado el porcentaje de votos que asignado en el convenio.
Argumentaron que adjudica el 30 por ciento de los votos a NA y PVEM, que sumados entre ambos, son 60 por ciento pero sólo postulan dos
de 15 candidatos, mientras que el PRI que postula 13 candidaturas, recibe la minoría de votos que es el 40 por ciento.
Por este motivo, la decisión del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es revocar el acuerdo del IEEM y la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México que había declarado infundados los agravios de la impugnación hecha por los partidos Morena, Partido del Trabajo y Partido Acción Nacional.
Es así que los institutos políticos involucrados en el convenio tienen un plazo de cinco días para negociar y elaborar un nuevo convenio, que cuente con un ajuste razonable dentro de los parámetros de la lógica de distribución y que el partido que más candidaturas postule, obtenga el mayor porcentaje.