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Toluca, Méx.— El próximo año podría quedar tipificado el delito de desobediencia, que es el incumplimiento en el pago de los impuestos, según la propuesta de la Secretaría de Finanzas del Estado de México como parte de las reformas al Código Fiscal para 2020, y cuyo castigo podría ser de hasta cinco años de prisión a los omisos.
El subsecretario de Ingresos, Arturo Lozano Enríquez, dijo que desde 2006 está vigente la figura en el Código Fiscal de la Federación y la entidad busca una homologación sobre el desacato, que no aplicaría para todos los contribuyentes.
Detalló que aplicará cuando las autoridades judiciales convoquen a un contribuyente, lo citen para darle a conocer su situación fiscal, pero en caso de no atender dos avisos continuos, la misma autoridad determinará si incurre en el delito.
El funcionario dijo que en el ámbito federal es considerada en desacato una empresa que no da de alta a sus trabajadores ante el IMSS, justificando que fue por error.
Descartó que la medida sea considerada “terrorismo fiscal”, porque son facultades que no son aplicables para los morosos en el pago de tenencia, refrendo u otros impuestos, pues reconoció que ninguna autoridad tiene la capacidad para fiscalizar al 100% de los tributarios.
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