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El pago del nuevo impuesto de Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera, que entró en vigor ayer, “es aplicable a personas físicas o jurídicas colectivas (de la capital) que cuenten con fuentes fijas de gases cuya emisión sea igual o mayor a una tonelada de dióxido de carbono equivalente (t CO2e) al mes”.
También son aplicables aquellas que emitan metano y óxido nitroso, ya sea de forma unitaria o en su combinación, multiplicados con equivalencia de 28 y 265, respectivamente, al dióxido de carbono, según las reglas de carácter general para la operación y cumplimiento de esta obligación publicadas por la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) capitalina en la Gaceta Oficial.
La dependencia indica que el monto de este impuesto se determinará aplicando una cuota de 58 pesos por tonelada y la parte proporcional de la misma.
De acuerdo con el Código Fiscal de la CDMX, los contribuyentes obligados a cubrir este impuesto deberán manifestarlo y pagarlo a más tardar el día 17 del mes inmediato de cuando se cause la descarga del contaminante; iniciando este mes de abril.
Mientras que, según las reglas, la declaración anual tendrá que ser presentada en julio del ejercicio fiscal siguiente.
En este sentido, el titular de la SAF, Juan Pablo de Botton, aseguró este martes en conferencia de prensa que este “impuesto verde” no es punitivo, sino que busca ayudar a visibilizar las emisiones contaminantes que generan las empresas de la capital e incentivar su reducción.
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Precisó que para 2025 se estima una recaudación de 60 millones de pesos, los cuales se utilizarán para el beneficio del medio ambiente y animales.
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Portada El Gráfico | Domingo 9 de agosto de 2026

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