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Los Consejos Distritales del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), instalados durante las elecciones, iniciaron de manera escalonada el cierre de sus actividades, ante la inexistencia ya de medios de impugnación en los tribunales electorales.
Los Consejo Distritales 1, 2, 3, 4, 5, 8, 13, 16, 17, 19, 21, 27, 28, 29, 30 y 31, realizaron sesiones ordinarias en las que declararon la conclusión de sus actividades.
El artículo 115 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México establece que los consejos distritales son órganos colegiados de carácter temporal y sólo funcionan durante los procesos electorales, por ende, sus fechas de cierre son escalonadas, en atención al ámbito territorial que les corresponda.
Los Consejos Distritales instalados desde el 9 de febrero del presente año estuvieron conformados por una presidencia, a cargo de la titularidad del órgano desconcentrado correspondiente, seis consejerías, emanadas de una convocatoria ciudadana, una representación por cada Partido Político o persona candidata sin partido y una persona secretaria, a cargo de la persona secretaria de órgano desconcentrado.
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Entre sus atribuciones, les correspondió dar seguimiento a la aprobación de las secciones electorales dentro de ámbito distrital para instalar casillas especiales; así como del número y ubicación de casillas conforme a la normatividad aplicable; dar seguimiento al procedimiento de insaculación de los funcionarios de casilla y su capacitación; así como a la instalación de las Mesas Directivas de Casilla y ordenar la entrega de la documentación y materiales electorales a los Presidentes de las Mesas Directivas de Casilla.
También se encargaron de recibir los paquetes electorales y la documentación relativa a las elecciones de Jefatura de Gobierno, Diputaciones al Congreso de la Ciudad de México, Alcaldías y Concejalías; efectuar el cómputo de la elección de diputaciones de mayoría, declarar la validez de la elección y entregar la constancia correspondiente a la fórmula de candidaturas que hubiera obtenido el mayor número de votos; en el caso de los distritos cabecera de demarcación el cómputo de alcaldía, y realizar el cómputo distrital de la votación recibida en las elecciones de la Jefatura de Gobierno, alcaldías, concejalías y de las y los Diputados de representación proporcional, entre otras atribuciones.
El Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 contó con 396 consejeras y consejeros distritales, propietarios y suplentes, en los 33 órganos desconcentrados del Instituto Electoral.
LL