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En lo que va de este año, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT) ha impuesto sus primeras clausuras a dos obras irregulares en las colonias Condesa e Hipódromo, a partir de la reforma para dar al organismo mayores atribuciones.
En el caso más reciente, la PAOT colocó sellos de clausura al inmueble situado en avenida Ámsterdam 270, colonia Hipódromo, en la delegación Cuauhtémoc, donde se realizaba la demolición de un edificio de valor patrimonial sin ninguna autorización.
El 12 de junio pasado, el organismo acudió al sitio para frenar las obras en un inmueble de dos pisos, que originalmente contaba con cuatro niveles, el cual era demolido a pesar de carecer de un dictamen técnico favorable, necesario cuando se trata de edificaciones ubicadas en un área de conservación patrimonial como éste, de acuerdo con el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la colonia Hipódromo.
Esta anomalía fue detectada días antes por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), la cual a través de su dirección de patrimonio cultural urbano, envió oficios a la PAOT para avisar de estos trabajos sin permiso y pedir que suspendieran la demolición de forma urgente.
La Seduvi alertó que el inmueble está en el Listado de Elementos del Patrimonio Cultural Urbano, con nivel de protección 1, además de colindar con los inmuebles de Ámsterdam 268 y 272, además de Avenida México 167 y 169, todos incluidos en la relación de inmuebles con valor artístico por el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA).
Por estos hechos la PAOT abrió una investigación de oficio con número PAOT-2018-IO-56-SOT-49.
Más “dientes”. El 20 de julio del año pasado se publicaron en la Gaceta Oficial una serie de reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa a la Ley Orgánica de la PAOT, que la dotan de mayores atribuciones.
Una de ellas está en el artículo 26 BIS, que faculta a la PAOT de imponer acciones precautorias en materia ambiental y de ordenamiento territorial cuando existan indicios para presumir un desequilibrio ecológico; daños o deterioro al ambiente, a la infraestructura urbana, a la vía pública, al uso del suelo, al paisaje urbano o al patrimonio urbanístico arquitectónico de la Ciudad de México.
La primera clausura que aplicó la procuraduría ambiental fue el 30 de abril pasado para frenar la demolición sin autorización en el inmueble de Mazatlán 114, en la colonia Condesa, el cual también es una casa con valor patrimonial para la zona.
Sobre este caso, la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble del INBA había informado a la PAOT que el inmueble está en la relación de Inmuebles con Valor Artístico y que no había emitido ninguna opinión técnica o aviso para permitir la intervención del sitio, por lo cual pidió la verificación y suspensión de la obra.
En ambos inmuebles también aplica la Norma de Actuación 4, que impone restricciones para salvaguardar la el patrimonio arquitectónico y la imagen urbana, por lo que cualquier intervención obliga a contar con el dictamen de la Seduvi.