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La Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México está decidida acabar con la práctica común de los diputados locales de asistir a las sesiones sólo a pasar lista y luego irse, la cual se ha incrementado en las sesiones ordinarias virtuales donde es imposible ver a todos a la vez.
La presidenta del Congreso, Margarita Saldaña Hernández, informó al Pleno que a partir de la sesión de este miércoles, se le descontará el día a los legisladores que no estén presentes en las votaciones, aún cuando hayan pasado lista de asistencia.
Con base en el comunicado, la también diputada del PAN aclaró que este acuerdo está fundamentado debidamente en la Ley Orgánica, el Reglamento y las Reglas para las sesiones remotas, respecto a las asistencias, inasistencias, permisos y justificantes.
Explicó la secretaría de la Mesa Directiva registrará la asistencia al inicio de las sesiones, a través del sistema electrónico. De no ser posible su operación, pasará lista de viva voz y dará cuenta a la presidencia.
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El sistema electrónico abrirá 30 minutos antes del inicio de la sesión y cerrará cuando inicie, previa instrucción de la presidencia.
Si algún legislador no pudiera registrar su asistencia mediante el sistema electrónico, lo podrá hacer de viva voz cuando se haya cerrado el sistema electrónico y la secretaría así lo solicite.
Si por alguna razón, un diputaod o diputada no registra oportunamente su asistencia, podrá hacerlo ante la secretaría hasta 15 minutos después del cierre del sistema electrónico.
La presidencia indicará a la secretaría el momento en que pueda incorporar esas asistencias, haciéndolo del conocimiento del Pleno, como lo establecen el artículo 63 del Reglamento y el numeral 29 de las Reglas.
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Se computará como inasistencia cuando el legislador no registre su asistencia al inicio de la sesión, no la registre ante la secretaría y no vote o no manifieste su abstención, salvo que exista justificación, como lo establece el artículo 65 del Reglamento.
Cuando sea suspendida una sesión por falta de quórum, se descuentará el salario correspondiente al legislador que hayan abandonado la sesión, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Reglamento.
En tanto, las solicitudes de justificación deberán presentarse ante la Mesa Directiva mediante un escrito debidamente fundado y motivado, con base en el artículo 66 del Reglamento.
Los legisladores dispondrán de tres días, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la inasistencia, para enviar a la Mesa Directiva la justificación correspondiente. Pero tratándose de faltas continuas, el término empezará a correr a partir de la última inasistencia (artículo 68 del Reglamento).
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Asimismo, las diputadas y diputados deberán apegarse a los lineamientos establecidos en las Reglas para su identificación en las sesiones, por lo que deberán mantenerse visibles durante la sesión para la verificación de su presencia.
Además, esto tendrá que hacerlo para validar sus participación de forma especial durante el pase de asistencia, la votación, el uso de la palabra, la verificación del quórum y cuando la presidencia o la secretaría así lo soliciten.
En esa circunstancia, aplicarán lo establecido en el artículo 65 del Reglamento y señalado en el numeral 4 de la circular presentada este miércoles al Pleno.
“He instruido a la coordinación de Servicios Parlamentarios para que establezca comunicación permanente con las diputadas y los diputados, a efecto de que quincenalmente se les informe sobre los casos en que no estén bien identificada su asistencia o que no haya registrado correctamente su incorporación para que, quienes puedan hacerlo, presenten los justificantes correspondientes”, señaló la panista.
Ante estas nuevas reglas, Saldaña Hernández reiteró a los diputados locales la responsabilidad de registrar su asistencia, solicitar su incorporación a las sesiones del Pleno o, de ser el caso, presentar los justificantes que correspondan de conformidad con el Reglamento.
“Es de cada uno de las diputadas y los diputados integrantes de este Congreso, y una vez vencidos los plazos para ello, la presidencia está legalmente obligada a enviar el informe correspondiente a la Oficialía Mayor para que aplique el descuento correspondiente, como lo mandatan los artículos 44 y 45 del Reglamento del Congreso de la Ciudad”, dijo.
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