El pasado lunes, la jueza de control Gloria Hernández Franco emitió el Auto de apertura a juicio por el delito de "Ejercicio ilegal del servicio público" en contra de María N , ex directora de Comunicación Social de la PGJCDMX , por la publicación de tuits oficiales con información estigmatizante y discriminatoria en perjuicio de Lesvy Berlín.
A más de un año de haber sido vinculada a proceso, el Observatorio Nacional de Feminicidio dijo que la exdirectora de Comunicación Social de la PGJCDMX ha intentado diversas estrategias que derivaron en la dilación del proceso .
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La primera, fue desconocer la calidad de víctimas de la madre y padre de Lesvy Berlin al argumentar que el delito de Ejercicio ilegal del servicio público solo fue en agravio solo de la sociedad.
Señalaron que, en la audiencia del 14 de enero y 18 de febrero de 2022, solicitadas por la imputada para buscar una suspensión condicional del proceso, ofreció gel, cubrebocas, cloro y sanitizante como medidas de reparación “a la sociedad”, todo esto en el marco de la contingencia sanitaria.
Jueza busca diálogo, pero acusada apela
A pesar del llamado reiterado de la jueza de control a la imputada y a su defensa para que buscaran el diálogo con las víctimas y así poder atender su solicitud de salida alterna a juicio, ésta y su defensa promovieron recurso de apelación y posteriormente juicio de amparo buscando que una autoridad judicial negara la calidad de víctimas a Araceli Osorio Martínez y Lesvy Rivera Calderón.
Después de haberse confirmado el reconocimiento de su calidad de víctimas, tanto por la sala penal como por el juez de distrito que conoció del amparo, y una vez de haberse dado el cierre de investigación, las víctimas y sus representantes jurídicas presentaron acusación directa a través del Ministerio Público.
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Las víctimas en conjunto con sus asesoras jurídicas elaboraron un plan de reparación integral que consideraba medidas de rehabilitación psicológica y de salud, así como medidas de satisfacción y de no repetición que consistían en la elaboración de una propuesta de Guía dirigida a las áreas de comunicación social en el tratamiento de la información relacionada con víctimas de violencia de género, pero eso no sucedió.
Fue así que, en la audiencia del 17 de noviembre de 2022, la defensa particular de la acusada manifestó que no era posible llegar a un acuerdo sobre el plan de reparación del daño, argumentando que se trataba de “exigencias” de las víctimas que su representada no podía cumplir, pero de nueva cuenta las víctimas directas lograron que la jueza de control considerara que sí existía oposición fundada para no conceder la suspensión condicional del proceso.
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