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En comisiones unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género del Congreso de la Ciudad avanzó el dictamen de la llamada Ley Olimpia, que tipifica y castiga la violencia digital contra mujeres, con penas de cuatro a seis años de prisión y multas de 42 mil 245 a 84 mil 490 pesos.
De acuerdo con el dictamen aprobado, que el próximo martes será votado se subirá al pleno, el artículo 181 Quintus del Código Penal local indica que se impondrá prisión y multa a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
También a quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice u oferte imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona en cualquier medio digital, incluidas las redes sociales.
La pena se agravará en una mitad cuando, entre otras cosas, exista o haya existido una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra de tipo sentimental, educativa o laboral.
Aplicará lo mismo cuando el delito sea cometido por alguna persona servidora pública o integrante de las instituciones de Seguridad Ciudadana, en ejercicio de sus funciones, y si se comete en contra de personas adultas mayores, con discapacidad, en situación de calle, afrodescendientes o indígena.
La presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, Paula Soto, de Morena, expuso que el dictamen representó un gran esfuerzo y que todas las voces fueron escuchadas, como las de los diputados y de las organizaciones de la sociedad civil.
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En redes sociales la activista y impulsora de la ley, Olimpia Coral, escribió que con la aprobación del dictamen en comisiones se da un paso importante, ya que robustece la iniciativa: “No somos invisibles, hemos luchado mucho y ahí estuvimos”.
Al ser aprobado el dictamen, integrantes del Frente Nacional para la Sororidad, que estuvieron presentes en la sesión, celebraron la decisión de los diputados y aseguraron que todas estas acciones son para que las mujeres estén libres de violencia.
Las comisiones también determinaron sancionar el grooming, que es la práctica de acoso por parte de adultos a menores de edad, a quienes les solicitan material sobre actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual o, incluso, un encuentro sexual.
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Para este delito se impondrá una sanción de cuatro a seis años de prisión y una multa 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
En caso que las mujeres acudan a denunciar algún tipo de violencia digital, el Ministerio Público ordenará de manera inmediata las medidas de protección necesarias, ordenando vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con el delito en cuestión.
El pasado 21 de noviembre, el Gobierno de la Ciudad de México decretó la Alerta por Violencia contra las Mujeres e hizo un exhorto al Congreso capitalino para la aprobación de la iniciativa de la llamada Ley Olimpia, así como las reformas para crear un banco de ADN para uso forense en caso de persecución de delitos sexuales.
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