En el se han presentado siete iniciativas para homologar el mismo número de leyes locales con el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, cuya vigencia y aplicación se declaró el 3 de julio.

Estas primeras iniciativas serán discutidas por la próxima Legislatura y buscan adecuar con el Código Nacional, la Ley Registral, del Notariado, de la Procuraduría Social, de Transparencia, el Código Civil, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Cuatro de estas iniciativas fueron presentadas en el pleno de la Comisión Permanente el pasado 19 de junio y el resto el día 26.

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“Nos concierne trabajar de la mano con los poderes Ejecutivo y Judicial para armonizar la legislación local que se encuentra relacionada, una cantidad de normas que tenemos que transformar, homologar, adecuar, hacer coherentes con el espíritu del Código Nacional, como es el caso de las leyes orgánicas del Poder Judicial, de la Defensoría Pública de Registro Público de la Propiedad, de Protección Civil, de Notariado, la Condominal, la de Archivos, entre otras muchas”, sostuvo el diputado Jorge Gaviño.

La reforma planteada al Código Civil estipula, entre otras cosas, que los divorcios en los que exista común acuerdo y no haya hijos de por medio ya podrán concretarse ante los notarios públicos.

“Una vez que se otorgue la escritura en la que se haga constar el convenio de divorcio que celebren ambos cónyuges, quedará disuelto el vínculo matrimonial. Si el matrimonio se celebró en la Ciudad de México, el notario de la Ciudad de México deberá de remitir a la oficina central del Registro Civil, copia certificada del instrumento notarial, dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de otorgamiento de dicho instrumento”, precisa la iniciativa.

En este sentido, se propone que el divorcio pueda solicitarse por ambos cónyuges, en cuyo caso se considerará bilateral, o cuando el divorcio sea unilateral basta con que la o el cónyuge manifieste su voluntad de no querer continuar con el matrimonio sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita.

En tanto, se elimina la posibilidad de hacer un testamento través de medios electrónicos.

En la propuesta a la Ley Registral para la Ciudad de México se plantea que haya un sistema informático que incluya un sistema electrónico permanente y actualizado para recibir los actos jurídicos ordenados por la autoridad judicial o administrativa e informar sus resultados.

La reforma a la Ley del Notariado estipula que la o el concubino y el o la conviviente podrán acreditar su derecho a heredar. “En todos los casos se acreditará que los comparecientes son los únicos con derecho a heredar con la declaración que estos hagan bajo protesta de decir verdad y con la información testimonial”.

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Todas estas iniciativas fueron presentadas por Octavio Rivero, quien es presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, quien dijo que están preparados para estas homologaciones.

“Este mecanismo nos da una oportunidad histórica, no sólo para instrumentar un nuevo ordenamiento jurídico, sino para renovar el sistema de administración de justicia. La tarea es enorme, las expectativas también lo son, pero estamos listos para asumirlas, porque de esta forma la ciudadanía se verá beneficiada”, destacó.

El 8 de junio de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expidió el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que señala en uno de sus artículos transitorios que entrará en vigor en cada uno de los estados conforme a la declaratoria que emitan los congresos locales, previa solicitud de los poderes judiciales. El inicio de vigencia de este código en la Ciudad tendrá diferentes fechas: 1 de diciembre de 2024, 1 de junio y 15 de noviembre de 2025.

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