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La iniciativa del gobernador de Tabasco para regular la protesta social presenta dos grandes problemas. El primero y más obvio, el de su constitucionalidad. Se penalizan conductas que pueden ser expresión legítima de derechos, se pierde de vista el carácter de ultima ratio del derecho penal y en distintos supuestos no se satisface el principio de razonabilidad y proporcionalidad.
Frente a estas potenciales violaciones, es probable que la Comisión Nacional de Derechos Humanos presente la correspondiente acción de inconstitucionalidad y la Suprema Corte anule varias porciones normativas, afectando sustancialmente su aplicación.
El segundo y más grave problema de la propuesta es la reiteración de la consigna gubernamental frente al derecho. Subyace una racionalidad idénticamente equivocada: los derechos y sus instrumentos de protección pueden juzgarse en razón de su conformidad o distanciamiento de los propósitos del gobierno. Si los acompañan, son moralmente buenos; si los confrontan u obstaculizan, son indebidos. Permitir que el Presidente y su gente determinen la moralidad del derecho, es tanto como dejar que determinen nuestras condiciones de vida a partir de sus muy particulares designios. Actuar conforme a la Constitución y las leyes es la base mínima de convivencia que todos, “aliados” o “adversarios”, merecen y deben exigir.
Ministro en retiro
Miembro de El Colegio Nacional
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