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La Fiscalía Anticorrupción del Estado de Sonora (FAS) valora interponer una queja contra el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa de Hermosillo, que declaró inconstitucional este organismo, por lo cual ya no puede investigar al ex gobernador Guillermo Padrés , además anuló todas las indagatorias en contra del ex mandatario.
Esta dependencia ya no puede considerar ningún medio de prueba que obtuvo mediante diligencias ejecutadas desde su creación, ya que el tribunal invalidó las actuaciones de las cinco investigaciones que se realizaron contra el ex gobernador, según la sentencia de amparo 194/2017.
Al respecto, la Fiscalía Anticorrupción de Sonora, comunicó que no comparte el requerimiento emitido por el Juez de Distrito para cumplir con la sentencia del Colegiado, ya que se considera se trata de un exceso de interpretación a la misma y se valora interponer una queja contra esa determinación.
Esta queja, según explicó la Fiscalía Anticorrupción de Sonora, “se interpone ante el mismo Juzgado de Distrito y deberá remitirla al Tribunal Colegiado que dictó la sentencia a fin de que éste determine si el Juez de Distrito se excedió o no en la solicitud”.
Además, “es importante mencionar que esta resolución de ninguna manera establece que el inculpado sea inocente e incluso, en la propia sentencia señala que se continúe investigando”.
En estos momentos, informó, se analiza el expediente para turnarlo a quien corresponda y continuar con la investigación tal como se establece en la ejecutoria y éstas según la determinación del Fiscal General del Estado de Sonora serán llevadas a cabo por la misma Fiscalía Anticorrupción.
Esto, toda vez que su funcionamiento actual es con base en un nuevo marco jurídico constitucional y legalmente vigente, que ya es emanado del propio poder legislativo del Estado de Sonora, argumentó.
Al día de hoy, se han presentado 14 amparos en el mismo sentido y planteando idéntico reclamo, en ellos, al ser resueltos por justicia federal, se ha negado que exista inconstitucionalidad, únicamente en este expediente del que se trata se concedió.
El efecto del amparo es solamente efectivo para quien lo solicita, es decir, los efectos de esta resolución del Tribunal Colegiado sobre en beneficio del quejoso, no tiene ningún efecto sobre otras investigaciones de otros funcionarios.
“La FAS continuará con todas sus investigaciones iniciadas del mes de septiembre de 2015 a la fecha, todas realizadas con profesionalismo, seriedad y sobre todo apegadas a la legalidad, tan es así que han sido confirmadas por los tribunales”, advirtió.
rmlgv
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