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La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) delegación Nuevo León, realizó el aseguramiento de tres pericos verdes mexicanos (Psittacara holochlorus), enlistados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como especie amenazada y en el apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flores Silvestres (CITES). También fueron aseguradas 81 aves canoras y de ornato que eran comercializadas ilegalmente en instalaciones del Mercado Campesino de esta ciudad.
El operativo de inspección y vigilancia se llevó a cabo con el apoyo de elementos de la policía estatal Fuerza Civil, detectándose la presencia de tres personas que realizaban la comercialización de las mencionadas aves sin contar las autorizaciones correspondientes expedidas por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Además de los tres pericos fueron asegurados 20 gorriones, 1 cardenal, 14 zainos, 2 calandrias turpial, 16 chileros, 3 chará verde, 2 teclas, 2 tigrillos, 1 tordo chatarrero, 3 tordo cabeza amarilla, 11 cenzontles, 2 dominicos, 3 turcos y 1 primavera.
Informó la Profepa que dos personas que comercializaban los pericos huyeron del lugar y dejaron abandonadas las aves, motivo por el cual se interpondrá una denuncia penal ante la Procuraduría General de la República (PGR), contra quien resulte responsable.
La delegación de la dependencia federal, detalló que el aprovechamiento extractivo con fines comerciales o de subsistencia correspondientes a la familia Psittacidae (loros, pericos y guacamayas), cuya distribución natural sea dentro del territorio nacional, se encuentra prohibido desde el año 2008, de acuerdo a la Ley General de Vida Silvestre, siendo el tráfico ilegal para el mercado de mascotas, así como la destrucción de su hábitat, las principales causas del deterioro de las poblaciones silvestres.
La Profepa advirtió que el Artículo 420 del Código Penal Federal establece una pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil Unidades de Medida y Actualización, a quien ilícitamente realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar de fauna silvestre considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte. Por lo anterior, exhortó a la ciudadanía a evitar la posesión y/o comercialización ilegal de estas especies.
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