La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ratificar el triunfo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el municipio de Chicontepec, asentado en el norte de Veracruz.
Los magistrados federales revocaron la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), el cual le había arrebatado el triunfo al PVEM y se lo habían otorgado al candidato del PRI.
Los magistrados electorales locales habían anulado indebidamente la votación en tres casillas bajo el argumento que un par de funcionarios de casilla no eran los que estaban acreditados originalmente y que un agente municipal participaba en la mesa receptora del voto.
Sin embargo, al revisar la documentación los magistrados federales detectaron que en realidad solo habían colocado con errores el nombre de los escrutadores, de tal forma que se trataba de las mismas personas acreditadas.
Los liderazgos priistas habían venido presionando debido a la importancia del municipio de Chicontepec en la Huasteca Baja de Veracruz.
Dicha demarcación cuenta con una importante población de habla indígena (especialmente náhuatl) y su relevancia como centro cultural en la región.
En su resolución, el Tribunal local había anulado la votación recibida en tres casillas durante la elección municipal del pasado primero de junio, al considerar que en dos casillas la votación fue recibida por personas no autorizadas.
Y en la tercera casilla se argumentó que un Agente municipal actuó como representante de un partido político, lo que derivó en un cambio del resultado de la elección.
Sin embargo, al analizar el caso, la Sala Xalapa concluyó que la nulidad decretada no se sustentaba, ya que el Tribunal local no realizó una revisión exhaustiva de las actas ni se cumplían los criterios establecidos por la Sala Superior para actualizar las causales de nulidad, y las normas electorales vigentes.
En la revisión se advirtió que las supuestas irregularidades en dos de las casillas correspondían únicamente a errores en el llenado de las actas, sin afectar la validez de la votación.
Respecto de la casilla anulada por la presencia de un Agente municipal, la Sala determinó que esta circunstancia, por sí sola, no demuestra presión sobre el electorado ni un vínculo con el partido ganador, por lo que no puede considerarse una causa suficiente para invalidar la votación.
En consecuencia, se declaró subsistente el cómputo de la elección y se ratificó el triunfo del PVEM en dicho municipio.
afcl/LL
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