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TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIS.- Parroquias de Chiapas denunciaron como injusta y violatoria a derechos humanos, y exigieron reconsiderar la sentencia de 110 años de prisión contra el catequista y ex presidente del concejo de Pantelhó, Pedro Cortés López, y al ex regidor Diego Mendoza Cruz, por la desaparición de 19 lugareños hace más de tres años.
El denominado equipo sur de la diócesis de San Cristóbal de Las Casas, que aglutina las parroquias de los municipios de Venustiano Carranza, Las Rosas, Soyatitán, Socoltenango y Teopisca, pidió la intervención de las autoridades estatales para que se revise el fallo de más de un siglo de cárcel en contra de ambos indígenas tzeltales.
En una carta de solidaridad con el equipo Chab y la misión jesuita de Bachajón en el municipio de Chilón, el Equipo Sur consideró como injusta la sentencia del pasado 4 de marzo que fue resuelta por la jueza Mitzi Guadalupe Flores Rocha, porque les imputaron un delito “que no cometieron”.
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No olvidan, agregaron, la memoria histórica de la diócesis de San Cristóbal de las Casas que ante "estos casos de injusticia" como los cometidos también a Sacario Hernández y Alberto Patishtán, entre otros. Como pueblo creyente se unen para denunciar y actuar con peregrinaciones y reprobar "los lamentables hechos", afirmaron.
Así también el llamado equipo sur manifestó que no pueden callar ante la sentencia contra ambos tzeltales "acusados falsamente” de la desaparición de los 19 pobladores de Pantelhó cuando en esa fecha irrumpieron los integrantes del grupo armado El Machete.
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Pedro Cortés, catequista y candidato al diaconado permanente de la diócesis de San Cristóbal de las Casas, y Diego Mendoza, evangélico de oficio carpintero, fueron detenidos en junio de 2022.
Ambos fungían aún en el concejo municipal. En el mismo expediente y por el mismo delito había sido incluido el cura tzotzil Marcelo Pérez Pérez, asesinado a balazos en un barrio de San Cristóbal de las Casas el 20 de octubre de 2024, a quien, sin embargo, en su momento, no le ejecutaron orden de aprehensión.
aov/mgm