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Un juez federal ordenó a diversas autoridades administrativas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) realizar una verificación para determinar si una de sus guarderías ubicadas en San Nicolás de los Garza, Nuevo León, cumple con las medidas de seguridad y salubridad necesarias para brindar el servicio.
El juez Primero de Distrito en materia Administrativa del estado concedió una suspensión provisional al padre de una de las alumnas de la Estancia Infantil Colegio Profesor Esteban Leal Villarreal “EILA”, para que el instituto verifique si, efectivamente, el espacio cuenta con las medidas de seguridad necesarias.
Esto debido a que, según su demanda de amparo, la estancia se encuentra en una vía rápida junto a una “pulga”, mercado donde se comercializa ropa y cosas usadas, y algunos padres de familia refirieron haber encontrado cucarachas, problemas de salubridad, aparatos de aire acondicionado que no funcionan adecuadamente y no hay un lugar de estacionamiento ideal para que los padres puedan ir a recoger a sus hijos.
Los niños que acuden a esa estancia, aproximadamente 45, anteriormente asistían a una llamada Mundo Creativo, Jardín de Niños Bilingüe y Guardería, pero desde el 1 de agosto les informaron que, por instrucciones del ISSSTE en Nuevo León, les corresponderá llevar a sus hijos al Colegio “EILA”.
De acuerdo con el expediente, el primer día que los padres de familia acudieron al recinto observaron las medidas insalubres e inseguras que uno de ellos describió ante el Juez Primero de Distrito.
En su demanda, el derechohabiente afirmó que la licitación por la cual la institución privada obtuvo la concesión para brindar servicios de estancia infantil no fue puesta a consideración de los padres de familia.
Además, denunció ante el Órgano Interno de Control del ISSSTE la omisión de verificar que los servicios que brinda el colegio cumplan con las normas aplicables en materia urbanística, de protección civil, seguridad y salubridad para los niños.
El juez ordenó al ISSSTE informar en un plazo máximo de 24 horas las medidas decretadas para dar cumplimiento a la suspensión provisional señalada lo que, el expediente, el juez tuvo por informado el pasado 15 de agosto.
El juzgador citó para el próximo 27 de agosto para definir si concederá la suspensión definitiva al padre de familia quien, aseguró, por el momento no lleva a su hija a la guardería por temor a que su vida, seguridad o salud estén en riesgo.
Será el 10 de septiembre cuando el juez Primero de Distrito inicie la audiencia constitucional para definir si concederá o no el amparo.