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Un juez federal determinó resolver un amparo indirecto de una asociación civil: que los menores que ingresan al país en caravanas de migrantes deben recibir el estatus de refugiados y evitar su deportación.
El Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar con sede en la Ciudad de México determinó que el Estado mexicano está obligado a dar la máxima protección a los menores, luego de que la asociación interpuso un juicio de amparo contra la omisión de nueve autoridades del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en el cuidado de los menores.
En la sentencia, el juez sobreseyó el juicio respecto de siete autoridades porque no tenían facultades para realizar las conductas exigidas por la parte quejosa, o bien, porque las habían llevado a cabo y al hacerlo habían logrado los objetivos intrínsecos a ellas.
Sin embargo, a dos de ellas les ordenó elaborar un plan institucional con características específicas para conocer el número de menores de edad, sus condiciones y necesidades, así como para saber tales datos respecto de niñas, niños y adolescentes que ingresen al país de manera masiva posteriormente.
Les solicitó además otorgar el reconocimiento “prima facie” de la condición de refugiados a los menores de edad que ingresaron al país en las caravanas referidas. Propuso un parámetro de constitucionalidad especializado en niñas, niños y adolescentes en el contexto de movilidad humana a partir de criterios de jurisprudencia emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con la finalidad de reconocer la obligación estatal de implementar, al menos, dos medidas de protección especial para salvaguardar los derechos de los menores de edad que ingresen al país de manera masiva.
La sentencia señala que las niñas, niños y adolescentes gozan de los derechos que corresponden a todas las personas, aunque los ejercen diferenciadamente conforme a su situación particular; además, tienen derechos de protección especial que son necesarios para salvaguardar su integridad personal, compensar su condición de inmadurez e inexperiencia connatural a su menor desarrollo físico y emocional, y remediar la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran.
El pasado lunes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó al Instituto Nacional de Migración a realizar un registro adecuado para determinar cuántas niñas, niños y adolescentes, además de mujeres embarazadas —oriundos de otros países— están en estancias migratorias del estado de Chiapas, para apoyarlas ante la situación de vulnerabilidad que enfrentan.