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Culiacán.— La Comisión Estatal de Derechos Humanos abrió una investigación por el caso de Diana Giselle “N”, de 19 años, asesinada cuando tenía un embarazo de cuatro meses y, quien gozaba de una orden de restricción para que su pareja no se le acercara ni la molestara.
Se dio a conocer que el organismo, por oficio investigará las causas de su asesinato registrado la madrugada del domingo pasado, en la comunidad de Bacumirí, en la parte norponiente de la capital del estado, pese a que existía una disposición de brindarle seguridad.
Derechos Humanos solicitará a la Secretaría de Seguridad Pública de Culiacán un informe de las acciones de seguridad implementadas en torno a la joven madre, Diana Giselle “N”, la cual perdió la vida en forma violenta.
La titular de la Unidad Especializada en Violencia contra Mujeres, Trata de Personas y Grupos en Situación de Vulnerabilidad, Marlen Medina López, dijo que desde el 17 de septiembre, por oficio, se solicitó al director de la policía protección para la joven.
Recordó que Diana Giselle, ese mismo día, presentó una denuncia por el delito de amenazas y lesiones dolosas, contra su pareja, a la cual se le había notificado de que existía una orden de restricción para acercarse a ella y se le había citado a comparecer el pasado lunes.
Marlen Medina comentó que a raíz de la denuncia se abrió la carpeta de investigación 6703/2019 y se solicitó con fecha 20 de septiembre pasado, a un juez de Control y Enjuiciamiento una audiencia para ratificar las medidas de protección otorgadas a Diana.
El Colectivo de Mujeres Activas de Sinaloa criticó la escasa efectividad de las medidas cautelares y de protección que emiten jueces y agentes de los ministerios públicos a favor de mujeres agraviadas, puesto que estas sólo quedan en el papel, no se cumplen.
Consuelo Gutiérrez Gutiérrez, del organismo feminista apuntó que el caso de Giselle “N”, con un embarazo de cuatro meses, muerta de varios disparos por su ex pareja, denota la poca efectividad que tienen estos mecanismos de protección a las mujeres.
Observó que las autoridades no pueden argumentar que la víctima no asumió las medidas preventivas necesarias, al tener contacto con su excón- yuge que llegó a buscarla, cuando la autoridad judicial le debió brindar protección para hacer efectiva la orden de restricción.