El secretario de Gobierno, Juan Salgado Brito, anunció una revisión a fondo de los expedientes de queja emitidos por el presidente de la Comisión de del Estado de Morelos (CDHMOR), Raúl Israel Hernández Cruz, por la comisión de presuntas irregularidades.

“Nadie está exento de que se le aplique la ley y en ese como en todos los casos sin duda, se hará una revisión a fondo, para que sin ninguna consideración, independientemente del cargo que se tenga de la situación social, política o cultural, el que la debe que la pague”, dijo el secretario de Gobierno.

La actuación del ombudsperson de fue duramente cuestionada en noviembre de 2024, cuando la Comisión Nacional de Derechos Humanos puso en evidencia su trabajo en la recomendación que emitió contra el entonces gobernador Cuauhtémoc Blanco, el exfiscal Uriel Carmona Gándara y el presidente municipal de Cuernavaca, entre otros, por el crimen de dos hermanos y uno de sus amigos acribillados en el interior de un bar en esta ciudad.

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Las tres autoridades rechazaron parcialmente la recomendación de la CDHMOR y cuando notificaron a la CNDH los motivos de su rechazo, el organismo nacional les concedió la razón.

Por ejemplo en el caso del gobierno del estado, se lee en la recomendación 265/2024 de la CNDH, el ombudsperson morelense concluyó que el exmandatario, al ser el jefe de la fuerza pública estatal, incumplió con su obligación de velar por la conservación del orden público y la seguridad y violó el derecho a preservar la vida.

“Tal afirmación, a juicio de esta Comisión Nacional resulta incongruente, además de violatoria del principio de legalidad, puesto que el Organismo Estatal omite realizar una valoración lógico-jurídica de los argumentos por los que llega a tal aseveración”.

Más adelante la CNDH expuso que responsabilizar al entonces gobernador del Estado por el fallecimiento de los tres jóvenes, implicaría hacerlo de igual manera, respecto del resto de delitos de esa naturaleza, que ocurren en el estado de Morelos.

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El organismo nacional también dio la razón a la alcaldía en algunos puntos de rechazo de la recomendación, puesto que la CDHMOR le había pedido prácticamente condicionar la expedición de una licencia a un particular para la venta de bebidas alcohólicas, a expensas de que el propietario del comercio cuente con las videocámaras y demás equipo tecnológico de seguridad.

Por esos motivos la CNDH recomendó a su similar de Morelos emitir una circular dirigida a su personal para exhortarlos a realizar una adecuada investigación, argumentación y resolución conforme a elementos de convicción claros y contundentes, en los que se realice siempre una valoración lógico-jurídica de las evidencias que obren en los expedientes de queja.

De acuerdo con la CNDH, la CDHMOR fue omisa porque por lo regular una recomendación no se rechaza parcialmente y puso en duda la capacidad del ombudsperson para actuar, porque en estos casos tiene la facultad para pedir al Congreso de Morelos, llamar a comparecer a las autoridades que no atiendan las recomendaciones.


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