En fechas recientes se presentó en el Senado una propuesta de nueva legislación en materia de archivos. Por buenas razones ha generado un debate de resistencia por parte de organizaciones ciudadanas, académicos y en particular por investigadores que trabajan en el campo de la historia y encabezan la voz de la inconformidad gremial de diversas instituciones de educación superior, como la UNAM y el Colegio de México, sólo por citar un par de ejemplos.

La oposición al proyecto de ley se ha convertido en preocupación, por el posible destino que puedan tener en el futuro los archivos gubernamentales que son considerados como históricos y que han dejado de tener la clasificación de reservados, para que toda persona pueda ejercer su derecho a conocer sobre determinados temas, en los que aún no hay luz, ni verdad. Estamos hablando del destino que una ley le puede dar a nuestra memoria documental, a la preservación de parte de nuestro patrimonio cultural, y al derecho que tenemos todos de buscar libremente en archivos, que deben ser considerados como fuentes de acceso público y que deben de funcionar bajo el principio constitucional de máxima publicidad.

Una segunda preocupación, no menos importante, es la disposición del artículo 60, el cual establece que un Consejo Nacional es el órgano de coordinación de todo el sistema nacional de archivos. Si bien es cierto que ha sido pensado para funcionar de manera colegiada, también es cierto que ha generado suspicacias que sea la Segob la instancia que lo habrá de presidir. Dudas de orden técnico, dado que el Derecho comparado demuestra que en otras legislaciones esta función queda asignada en una instancia con autonomía, como pudiera ser el Archivo General de la Nación o por una institución encargada del manejo de la política cultural, pero no de la política interior, dado que los contenidos de los archivos dejaron de tener causa y razón, para estar en el resguardo de la seguridad nacional.

La principal objeción a que sea Gobernación quien presida este Consejo es la posible politización de los archivos históricos, que deberían de ser sujetos de criterios eminentemente técnicos, para su posterior administración, organización, preservación y protección. Y creo que no es una observación ligera, porque tenemos elecciones que son alternantes y plurales, en todos los órdenes de gobierno, lo que da como resultado que un día gobierna un partido, y al día siguiente otro, con la posibilidad real de que se puedan dar diversas interpretaciones para implementar la ley General de Archivos, según sea el caso de cada secretario y la posición que cada administración asuma frente al tema. Claramente, los gobiernos liberales tienen una manera my diferente de entender el asunto frente a los gobiernos conservadores y viceversa. Por ello, la importancia de que sea una instancia eminentemente técnica y ajena a los vaivenes de la política electoral.

Hay un tema adicional que debe ser revisado con lupa, y me refiero al artículo 14 transitorio, que establece la posibilidad para que todos los archivos que hoy son reconocidos como históricos, y en consecuencia son de acceso público, puedan ser revalorados por las autoridades competentes, con el objetivo de identificar su contenido y el carácter de la información. Esto quiere decir que pueden ser reclasificados y, en su caso, ocultados de nueva cuenta.

Si el control de convencionalidad es real, podemos estar tranquilos, porque hay disposiciones de la propuesta de la ley General que son contrarias a lo establecido en el artículo 13 del Pacto de San José, en especial en lo que se refiere a la censura previa y al abuso de los controles oficiales para inhibir la circulación de ideas y opiniones.

Sólo el que no conoce la historia está condenado a repetirla tantas veces como haya leyes que lo inciten y lo promuevan, aún cuando sea en contra del interés público y de los derechos fundamentales. Esperemos que éste no sea el caso.

Académico por la UNAM

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