La Suprema Corte decidirá hoy si la prohibición del autocultivo de la cannabis es constitucional o no. Tres argumentos se escuchan en contra del proyecto que se discute:
1. La marihuana no importa y el negocio está en otra parte. Nos dicen que “en nada afectará a la delincuencia organizada” la legalización porque “el negocio está en otra parte” o bien porque el crimen organizado está diversificado. De todos los estimados que he leído sobre cuánto vale el negocio de los cárteles mexicanos el mejor es el de Gerardo Guajardo Cantú et al. (en El mal menor en la gestión de las drogas. De la prohibición a la regulación de González-Aréchiga et al., McGraw Hill, 2014). Según ellos, la utilidad neta de la industria del narcotráfico en el país oscila entre 252.2 millones de dólares y mil 417.7 millones de dólares. En el mínimo, la marihuana representa 43% de las utilidades; en el máximo, representa 45%. Esto es: la marihuana ilícita representa entre 108.44 millones de dólares y 637.97 millones de dólares para el crimen organizado. La mota sí se nota en la contabilidad criminal.
2. El consumo no está criminalizado. Otro argumento es que la ley “no penaliza” el consumo. En efecto, el verbo “consumir” no es parte de ningún tipo penal. Se penaliza el consumo a través del verbo “poseer”, acción indispensable para consumir y se castiga con entre 10 meses y tres años de prisión. “Pero existen dosis toleradas”, replicarán. Sí, y no. La posesión, inclusive dentro de los montos “autorizados”, es delito. Quien posee es detenido, se le inicia una averiguación previa y, si de ésa averiguación previa el Ministerio Público concluye que la dosis era “tolerada”, entonces se le remite a una autoridad de salud. En eso consiste la “tolerancia”. Además, la realidad es que hoy sí procesamos a los consumidores. Catalina Pérez Correa (La marihuana no es importante, ¿o sí? en Horizontal, 27 de octubre de 2015) pinta el panorama: entre 2006 y 2014 fueron detenidas por posesión casi 176 mil personas y 156 mil más por consumo (consumo, ese que no es delito). En 2014 las detenciones por posesión y consumo representaban 65% de las detenciones federales por delitos de drogas. El 62% de la población carcelaria federal sentenciada en 2012 estaba allí por delitos de drogas; de esos, el 58.7% fueron sentenciados por marihuana. Frente a esos datos ¿quién se atreve a decir que en este país no criminalizamos a los consumidores de marihuana?
3. La Corte no debe de legislar. El último argumento reiterado es que debemos esperar a que sea el Congreso (o la ONU) quien legalice, no la Corte. “Eso no le corresponde.” Momento: el fallo que se emita hoy versará exclusivamente sobre el cultivo y producción para el autoconsumo. No tendrá el efecto de legalizar el mercado. A la Corte corresponde salvaguardar derechos fundamentales y propone el proyecto. Regular el cultivo, producción y distribución de marihuana para crear un mercado lícito compete al Congreso. La Corte dará un paso circunscrito estrictamente al ámbito de los derechos fundamentales.
Hoy, los prohibicionistas nos piden que presumamos que obran de buena fe. Disculpen, pero ante decenas de miles de muertos, desaparecidos, detenidos, torturados y encarcelados por darse un toque han perdido ustedes el beneficio de la duda. Su prohibición no ha funcionado. Les corresponde la carga de la prueba. Asúmanla o dejen paso a la búsqueda de alternativas más sensatas. Ya chole con su guerra.
Profesor-Investigador del CIDE, donde coordina el Programa de Política de Drogas