Más Información
Guadalupe Taddei solicitará ampliación del presupuesto para la elección judicial a la Cámara de Diputados; “si funciona, estaremos mejor en calidad y resultados"
Sheinbaum es una "consumidora voraz" de información: José Merino; el tablero de seguridad, herramienta clave, destaca
IMSS-Bienestar asegura mantener contratados a 2 mil trabajadores en entidades no adheridas al organismo
Rosa Icela Rodríguez se reúne con próximo titular del INM; “arrancaremos el 2025 con mucho trabajo”, asegura
SSa llama a tomar medidas preventivas ante bajas temperaturas; pide proteger salud por temporada invernal
La Sala Especializada del Tribunal Electoral determinó que la candidata presidencial del PAN, PRI y PRD: Xóchitl Gálvez, no violó la ley electoral al usar el logo del INE en redes sociales para proponer una campaña sobre el uso indebido de programas sociales durante el proceso electoral.
Morena denunció que las imágenes que utilizó Xóchitl Gálvez constituyen una vulneración a las reglas de propaganda electoral al incluir indebidamente el logotipo del INE, con el objetivo de posicionar su plataforma electoral y generar confusión a la ciudadanía, lo que genera una violación a los principios rectores de certeza, legalidad y equidad en la contienda.
El proyecto del TEPJF consideró que la publicación en redes sociales no tenía como objetivo promover la plataforma electoral de la candidata, sino informar sobre la solicitud que planteó al Consejo General del INE para generar una campaña de difusión relacionada al uso de programas sociales con fines electorales.
Lee también INE ordena a Xóchitl Gálvez bajar o modificar su conferencia por uso indebido del logotipo electoral
“Si bien en la publicación aparece la imagen de cuatro espectaculares que contienen cada uno de ellos el logotipo del INE, debe entenderse que estas son imágenes ilustrativas que pretendían servir de ejemplo o sugerencia al INE sobre la forma en que la campaña de difusión pudiera materializarse”, expuso.
Además, consideró que la publicación se encuentra parada por la libertad de expresión porque buscaba difundir información de interés general, por lo que señala que no generó confusión ante la ciudadanía.
En contra del proyecto, el magistrado presidente Luis Espíndola, expuso que este caso implicaba analizar el uso indebido del logotipo del INE para simular la difusión de información institucional en el marco del proceso electoral.
Lee también A los trabajadores les va a ir mejor conmigo como Presidenta, asegura Xóchitl Gálvez
Subrayó que es necesario tomar en cuenta diversos elementos contextuales que permitan identificar que no se trata de una publicación neutral, sino de propaganda eminentemente electoral que tiene como propósito generar la simpatía o adhesión de la ciudadanía con las propuestas de una de las opciones políticas.
“Es fundamental preguntarnos si es válido que, dadas las características del caso que se somete a nuestra consideración, en pleno proceso electoral se emplee el logotipo del INE, esto es, el logotipo del árbitro electoral. No encuentro razones aceptables que justifiquen este actuar. Desde mi perspectiva, se simuló una comunicación institucional y ello generó confusión en el electorado”, advirtió.
jf/bmc