Más Información
Comisión del INE aprueba recorte para organizar elección judical con 6 mil mdp; ajustan actividades de bajo impacto
Llega Navidad para choferes y repartidores; publican en el DOF decreto para derecho a seguro médico, indemnización y utilidades
Continúan la fiesta de Navidad en cantinas de la CDMX; "estoy pedísimo, pero a gusto y disfrutando", relatan
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECM) exoneró a Clara Brugada y Santiago Taboada de actos anticipados de precampaña y campaña.
En sesión pública, las y los magistrados resolvieron la inexistencia de estas faltas de los ahora candidatos a la Jefatura de Gobierno.
El Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex) presentó una queja en contra de Clara Brugada porque cuando era aspirante a la Coordinación de los Comités para la Defensa de la Cuarta Transformación, colocó propaganda político-electoral en las bardas perimetrales de sus instalaciones, es decir, en un lugar prohibido. En estas bardas se apreciaban leyendas como “La Ruta es Clara”, “Patriotas” y “Clara Brugada”.
Lee también Clara Brugada se compromete a dar mantenimiento y poner computadoras con internet en escuelas de la CDMX
Ante esto, los magistrados precisaron que no se acreditó un vínculo directo entre estas pintas y Clara Brugada; además de que estos mensajes no constituyen opiniones a favor de la exalcaldesa de Iztapalapa “por lo que su naturaleza no puede catalogarse como política o electoral”.
En tanto, Morena y un ciudadano presentaron una queja en contra de Santiago Taboada, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, con motivo de diversas expresiones y publicaciones en redes social en el contexto de su informe de labores como alcalde, realizado en el Gimnasio Olímpico “Juan de la Barrera”.
Al analizar el caso, los integrantes del TECM determinaron decretar la inexistencia de estas infracciones, porque estas expresiones derivaron de actos políticos con la finalidad de rendir el referido informe de labores “y de hacer el ejercicio crítico de lo que, desde su perspectiva, es la situación actual que guarda la Ciudad de México y anunciar su superación temporal como alcalde y no así de un llamado anticipado al voto”.
Lee también Taboada defenderá su triunfo; pide al gobierno dejar de meter las manos en alcaldías
En otro asunto, las y los magistrados también resolvieron que el diputado federal Miguel Torruco, hoy candidato de Morena en la Miguel Hidalgo, no vulneró al principio de laicidad, derivado de la difusión de un video en redes sociales en donde supuestamente se utilizaron símbolos religiosos para promoverlo.
Chertorivski presenta queja ante el INE por actos anticipados de precampaña contra Brugada y Taboada
ss/cr