Más Información
Sheinbaum se reúne con Lemus; “trabajar al estilo jalisco es en coordinación con la federación”, expresa gobernador
Marko Cortés difunde infografía a favor de denominar terroristas a cárteles; el “primer paso es reconocerlo”, dice
Activistas rechazan colocación de cámaras trampa para fauna en Tren Maya; piden retirar mallas metálicas que obstruyen su paso
Revés al INE, juez niega retirar suspensión definitiva a reforma judicial; da 48 horas para acatar sentencia
LA PAZ, BCS., 8 de junio.- El ex candidato a la alcaldía de La Paz, en Baja California Sur, Rigoberto Mares Aguilar (PAN-PRI-PRD), fue sentenciado por violencia política en razón de género cometido contra la virtual ganadora de la presidencia municipal de esta capital, Milena Quiroga Romero, de extracción morenista.
En sesión del Tribunal Estatal Electoral de BCS, se discutió el Procedimiento Especial Sancionador PES-22/2024 que se inició por la denuncia que presentó la alcaldesa que logró la reelección, y se aprobó declarar la existencia de la infracción que denunció en su momento durante la campaña.
La denuncia ocurrió luego de un debate sostenido con el candidato y donde él hizo referencia a que su candidatura era una “imposición” de parte del gobernador, Víctor Castro Cosío.
La alcaldesa que se mantenía con licencia en busca de lograr la reelección, acusó que esas afirmaciones constituían violencia política en razón de género, pues minimizaba sus capacidades y trayectoria. El TEE de BCS consideró que estas afirmaciones constituyen una reproducción de estereotipos de género y constituyen violencia simbólica.
“La manifestación reproduce el estereotipo de género de que el hombre controla a la mujer y ésta solo puede obtener un espacio político a sus relaciones con el hombre. El mensaje hace patente que la única forma en que la parte denunciante puede ser candidata es por el hombre servidor público y de otro modo no lo habría logrado.
Lee también Candidata de Morena a la alcaldía de La Paz, denuncia a panistas por violencia política en razón de género
Así, somete su candidatura al poder político masculino. Esta expresión replica la idea de que las mujeres no son capaces para obtener un cargo por sí solas, sino que deben someterse a la voluntad masculina de alguien -el hombre- quien le dirá qué hacer. Esto se trata de un arquetipo de roles de género clásico en la política mexicana: las mujeres solo llegan por los hombres”, se lee en la sentencia. Por lo anterior el Tribunal declaró la existencia de la infracción denunciada y se impuso una amonestación pública.
Como medida de no repetición, se determinó que se inscriba por dos años en el Registro Nacional y Local de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en razón de género, una vez que la sentencia cause ejecutoria. Además, se instruye que Mares Aguilar ofrezca una disculpa pública. Al respecto, el ex candidato panista aseguró que impugnará la sentencia y calificó como un “exceso” el argumento del TEE BCS.
“El Tribunal no consideró que el señalamiento se dio en medio de un debate y no de manera personal, por su condición de mujer o por sus capacidades, sino que la crítica es referida al concepto de dedazo, el cual es una figura arraigada en la cultura política y popular mexicana, que no distingue género alguno y es una práctica antidemocrática y nociva”, afirmó.
Lee también IECM recibe 72 quejas por violencia política de género
Añadió que acudirá a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para defenderse frente a la sentencia. Milena Quiroga Romero, según el Programa de Resultados Electorales Preliminares logró la ventaja en la votación contra Rigoberto Mares Aguilar y el órgano electoral local ha concluido los cómputos distritales y municipales por lo que la entrega de constancia de mayoría se realizará en las próximas horas.
sg/cr