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La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improcedentes cuatro solicitudes de medidas cautelares contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por la presunta vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad al exponer en igual número de mañaneras, alguna de ellas en periodo de veda, logros de su gobierno y hablar de la necesidad de continuar con la transformación.
Lo anterior, porque antes de que se le dictaminarán la medida cautelar de eliminar de las versiones estenográficas dichos pronunciamientos, del sitio www.lopezobrador.org.mx fueron borrados dichos pronunciamientos.
Las quejas fueron presentadas por el PAN y PRD y refieren que el presidente López Obrador, entre las que destaca la mañanera del 27 de mayo en donde se acusó la presunta vulneración a los principios de imparcialidad neutralidad y equidad en la contienda por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.
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Asimismo, el probable uso indebido de recursos públicos y programas sociales derivados a las manifestaciones vertidas por el Presidente, así como a Morena y Claudia Sheinbaum por el presunto beneficio indebido derivado de las manifestaciones.
La Comisión de Quejas, como en los 3 casos, proponía declarar procedente dictar medidas cautelares porque en dicha conferencia denunciada abordó el Presidente temas como apoyos para adultos mayores, disminución de la pobreza e incremento del salario, así como la necesidad de continuar la transformación del país y que el domingo no habrá una elección sino un referendo para elegir un proyecto de nación.
Sin embargo, dicha comisión determinó que este caso, con en las otras quejas sobre pronunciamientos del Presidente del 28 y 22 de mayo, se consideró improcedente, porque se eliminó previamente las versiones del sitio de internet de López Obrador.
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Por otra parte, la comisión dictó medidas cautelares y ordenó eliminar varios mensajes y videos de la cuenta X del expresidente Vicente Fox del 31 de mayo por la presunta transgresión en periodo de veda electoral.
La queja fue presentada por el partido Morena y la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias fue determinar la tutela preventiva para que se ordene al denunciado se abstenga de realizar todo acto que atente contra los principios rectores de la materia electoral.
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bmc/apr