Más Información

Muere médica cubana del IMSS-Bienestar mientras laboraba en hospital de Veracruz; embajada de Cuba lamenta fallecimiento

Senado ratifica nombramiento de Alejandro Encinas como representante en la OEA; velaré por la soberanía de México, dice

Dictan prisión oficiosa a exfuncionario aduanero implicado en operativo “Rápido y Furioso”; es acusado de tráfico de armas

Detienen en Badiraguato a “Chuki”, piloto aviador del Cártel de Sinaloa; es acusado de tráfico de armas

Sheinbaum visita Neza tras tromba que dejó varias afectaciones; “no se va a quedar ninguna familia desamparada”, afirma
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en la Ciudad de México integrar un expediente por la presunta realización de actos anticipados de campaña en que habría incurrido Morena y su precandidato Andrés Manuel López Obrador .
A propuesta de la magistrada presidenta del TEPJF, Janine Madeline Otálora, el pleno dio la razón al PRI, mismo que impugnó la decisión del órgano del INE de declarar el desechamiento de su queja de manera irregular.
En su denuncia el PRI argumentó que con la difusión del IV Congreso Nacional Extraordinario, realizado el mes pasado, López Obrador incurrió en actos anticipados de precampaña y campaña, pero la Junta Local del INE había descartado la querella.
Los magistrados determinaron que si bien la autoridad cuenta con atribuciones para desechar una denuncia si los hechos no se relacionan con propaganda político electoral, determinar si eso es así corresponde a un análisis de fondo, que no le toca al INE y sus órganos, sino al TEPJF.
Por ello ordenó a la Junta Local ejecutiva del INE en la Ciudad de México ordenar las audiencias que procedan, integrar el expediente, y remitirlo a la Sala Regional Especializada del mismo TEPJF.