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Una de las principales banderas arqueológicas del gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador fue el reclamo por la venta de herencias culturales en casas de subasta y la lucha por recuperar piezas arqueológicas fuera del país. Se convirtió en el segundo tema de importancia arqueológica desde 2019, detrás de los salvamentos arqueológicos en megaproyectos y se posicionó como una causa legítima de protesta ante dinámicas mercantilistas en el mundo. Ante la coyuntura política que vive México, hay que considerar que estas acciones no deben quedar en mera propaganda de acciones destacables, sino en planes adecuados de gestión de bienes culturales y políticas públicas que sean referencia a nivel internacional.
El problema proviene de la salida de objetos de culturas del México Antiguo desde el siglo XVI, en plena reconfiguración política orquestada por la Corona española, despertando la curiosidad y el interés de otras entidades imperiales o de aristócratas coleccionistas. El mercado de antigüedades se distinguió por la búsqueda de lo “exótico”, algo que representaban las culturas de América y el nacimiento de Grand Tour que implicaban la constante acumulación de objetos como una muestra de estatus social.
El interés por la protección de herencias culturales estuvo relacionado a las identidades locales. Ya bien entrado el siglo XVIII, había quienes tomaban las evidencias arqueológicas como un gran conquista; para otros, formaba parte de una importantísima base para construir algo nuevo enraizado: la nación mexicana. Una vez que México se convirtió en una incipiente nación, ya había preocupaciones contra la exportación de antigüedades, dejando la primera ley que prohibía “la exportación de oro y plata en pasta, piedra y polvillo, monumentos y antigüedades mexicanas”, en 1827.
La importancia de los artefactos arqueológicos creció para la nación mexicana, generando colecciones estatales que fueron llenando el Museo Nacional desde 1825, convirtiendo la gestión de esos objetos en una cuestión de estado. Se harían leyes más estrictas respecto al tema desde 1827 hasta llegar a la legislación vigente de 1972, estableciendo que la extracción, transporte y exhibición de herencias culturales paleontológicas, arqueológicas, históricas y artísticas le corresponden al gobierno mexicano, a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
La lucha por el retorno de piezas arqueológicas tiene muchas aristas de análisis, pues no se trata únicamente de un tema de pertenencia de esos artefactos o de la posesión de los mismos: sino del propio marco jurídico, de las definiciones de los objetos, de la manera en que se realizan investigaciones arqueológicas y hasta de la percepción social de las piezas arqueológicas.
Mientras que en México es clara la posesión de los objetos —que se detentan como recursos nacionales inalienables, intransferibles e imprescriptibles—, las leyes de otros países como Estados Unidos y Francia contrasta porque sí consideran a los bienes una propiedad que puede ser transferida o adquirida, lo que genera una asimetría en el derecho internacional y una serie de disputas que sólo se pueden mediar entre las partes involucradas o mediante la adhesión y seguimiento de acuerdos internacionales como la Convención de la UNESCO contra el tráfico ilícito de bienes culturales de 1970 o el Convenio de UNIDROIT sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente, de 1995, que establecen la debida devolución de bienes una vez que se compruebe que los bienes fueron robados y sacados ilícitamente.
De acuerdo con la información más reciente —del comunicado conjunto entre las secretarías de Relaciones Exteriores y de Cultura y el INAH, fechado el 20 de junio 2024—, México ha recuperado más de 13 mil 500 objetos bajo la estrategia #MiPatrimonioNoSeVende; además, se creó la Comisión Intersecretarial Permanente contra el Tráfico Ilícito de Bienes que Forman Parte del Patrimonio Cultural. Con base en una solicitud vía transparencia —folio Inai 33001832300675— se conoce de dónde proceden los bienes recuperados. En la lista aparecen Alemania, Argentina, Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Estados Unidos, Francia, Italia, Países Bajos, Suecia, Suiza, donde el 68.7 % corresponde a decomisos y un 31.3% a entregas voluntarias.
Lo anterior es un punto de inflexión. Es visible la atención que se da al problema desde el exterior mediante la presión social desde las redes y las llamadas de atención diplomáticas, pero poco se habla de las causas que llevaron a las herencias culturales a esas colecciones y subastas. La situación latente es el saqueo y expolio arqueológico que sigue dándose en la actualidad, modernizándose y expandiéndose, como en plataformas digitales, con una venta y circulación abierta; el mejor ejemplo está en grupos de Facebook, donde se ve cómo se extraen, se negocia y se envían piezas arqueológicas de México a otros países. En ese sentido, la recuperación de estos elementos es una bandera llamativa, pero que elimina los reflectores sobre problemas más grandes.
El saqueo y expolio arqueológico
conlleva a la destrucción de sitios arqueológicos y a la pérdida de información valiosa por la falta de un trabajo sistemático y formal. Aunque el INAH es encargado de la vigilancia de estos delitos y de presentar las denuncias correspondientes, no es la instancia facultada para ejecutar las acciones penales; siendo los ministerios públicos federales los que tendrían que atenderlas. En este punto queda evidente en ocasiones la inoperancia entre ambas entidades, dejando un hueco en el que se va arraigando cada vez más el problema.
No se debe descartar la presencia de contrabandistas profesionales que pueden transportar, restaurar y poner a disposición herencias culturales como el Relieve de Placeres, Estelas Mayas u otros. Esos grupos además pueden justificar la procedencia ilícita, pues hay un conocimiento de causa jurídica de los convenios internacionales. Se juega con la posesión legítima a partir de extracciones anteriores a la ley vigente sin ser retroactiva.
Después del caso positivo de regreso de los bienes, queda pendiente el destino de los objetos. Según la información verificada, algunos de los lugares de depósito fueron la Coordinación Nacional de Conservación del Patrimonio Cultural, el Centro INAH Sonora, la Dirección de Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicas, el Museo de Templo Mayor, el Museo Nacional de Antropología, entre otros. La doctora en derecho María Ochoa Jiménez plantea que no sólo es importante la estrategia jurídica de recuperación de bienes culturales, sino aplicar un proceso de reapropiación desde el derecho a la memoria y acceso a la cultura. De nada sirve traer de vuelta todos los objetos del mundo si no se incluyen en los procesos de memoria del país a través de la investigación y su muestra al público.
Se han hecho exposiciones y cada recuperación aparece en las noticias, pero todo debe seguir un protocolo como parte de una política pública. México puede ser un ejemplo de gestión al saqueo arqueológico y la negociación de piezas en el extranjero, pero el tratamiento hasta ahora dictan una pauta de propaganda que de planes de acción concisos.