Cómo calcular el fondo de ahorro empresarial

Un fondo de ahorro empresarial es un plan voluntario en que la empresa y el colaborador realizan aportaciones de dinero a una cuenta común de forma periódica, con el objetivo de que el empleado lo reciba, ya sea al finalizar el año o incluso al concluir la relación laboral. Se trata de una prestación superior a la ley, por lo que no es obligatoria. Sin embargo, es una estrategia que utilizan muchas compañías para fomentar la lealtad entre sus colaboradores y mejorar su cultura corporativa.
¿Cómo se calcula el fondo de ahorro en México en 2025?
Para calcular el fondo de ahorro empresarial se toman en cuenta las aportaciones del trabajador y el patrón, las cuales deben ser iguales. Hay algunas condiciones que se deben considerar, por lo que desglosaremos el proceso a continuación:
Porcentaje de aportación: el porcentaje que el trabajador aporte al fondo de ahorro empresarial no puede ser superior al 13% de su salario.
Si el salario del colaborador es de $15,000 y la aportación es del 10%, la aportación sería de: $1,500
Aportación de la empresa: debe ser igual a la del trabajador.
Siguiendo con el ejemplo anterior, la aportación de la empresa también sería de $1,500 pesos.
Periodicidad: el total del fondo de ahorro se aporta de manera mensual.
Es decir, $1,500 (trabajador) + $1,500 (empresa) = $3,000 de fondo de ahorro al mes.
Entrega del fondo: generalmente el fondo de ahorro se entrega al año; es decir, lo que se genera en 12 meses. Aunque en algunos casos este se entrega al finiquitar la relación laboral.
Si el fondo se entrega a año, se multiplican los $3,000 x 12 meses= $36,000 al año.
En caso de que se entregue al finalizar la relación laboral, se multiplican los $3,000 x los meses trabajados en la empresa.
¿Cuál es el tope de fondo de ahorro empresarial?
El fondo de ahorro empresarial tiene beneficios fiscales, ya que es deducible para el patrón y está exento del ISR para el empleado. Sin embargo, esto solo aplica cuando las aportaciones no exceden el 13% del salario anual del trabajador.
Asimismo, no puede ser superior a 1.3 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) elevada al año. Por ejemplo, para 2025 la UMA tiene un valor anual de $41,273.52 pesos.







